/ miércoles 28 de junio de 2023

Castigo imprescriptible para quien lastime a la niñez

Secuelas imborrables para toda la vida. Alejandra y Fernanda tienen hoy 36 años, pero hasta la fecha viven con el fantasma de su infancia en una comunidad marginada en el Estado de Guerrero, en la cual se veían constantemente acosadas y abusadas sexualmente por un miembro de la familia de su padre que vivía junto con ellas en una pequeña casa. Después de haberle dicho a su madre, el miedo se apoderó de las tres y sabían que hacer algo era desafiar al padre, al abusador y a la comunidad que, en general, evadía el tema a pesar de las conductas nocivas del perpetrador. Además de sus emociones, la forma de relacionarse con los demás cambió para siempre y, a pesar de haber formado una familia cada una por su cuenta, siguen sintiendo ese vacío y terror de cada vez que su tío abusaba completamente de ellas y que, hoy en día, es una persona violenta con sus hijas y que, hasta cierto punto, no saben a quién más lastimó de la forma que lo hizo con ellas. Lo cierto es que a nivel federal y en su entidad, el delito ha prescrito, por lo que no pueden denunciarlo a la fecha.

Como sabemos, todos los delitos prescriben en determinado tiempo, temporalidad que usualmente está determinada por una suma entre la pena más alta y la pena más baja señaladas en el código y dividida esa cantidad entre dos. Es decir, un delito cuya pena inferior es 4 años y la máxima de 8 años, sumados son 12, entre 2 nos arroja un resultado de 6 años. Esa cantidad de años es la media aritmética y, entre otras cosas, sirve para determinar en esa temporalidad el plazo para que un delito prescriba, para que se borre en sentidos más simples.

Es así entonces que tenemos delitos que se pueden cometer y por el simple paso del tiempo ya no se pueden perseguir. Ese es el caso actual de casi todos los delitos, pero hacemos énfasis en el abuso sexual infantil, el cual tiene una complejidad mayor porque se trata de una conducta inadmisible que se realiza en contra de personas inocentes, susceptibles a no habla por amenazas, miedo o vergüenza y que, además, no tienen al alcance los medios para acudir a la autoridad a presentar su denuncia.

Hace ya algunos meses aprobamos en el Senado de la República una iniciativa de reforma al Código Penal Federal para que los delitos sexuales en contra de menores no prescriban, es decir, se puedan denunciar, perseguir y castigar sin importar si pasaron 3, 5, 10 o 20 años, lo cual permitiría a las víctimas una especie de remanso emocional y, además una reparación del daño que se contabiliza por las terribles secuelas psicológicas y, en ocasiones, físicas con las que cargan las víctimas de abuso sexual.

Es preciso señalar que ya algunas entidades federativas en sus Códigos Penales locales han llevado a cabo reformas para establecer la imprescriptibilidad de este tipo de delitos, por lo que urge que a nivel federal avancemos en la materia para impulsar a todos los estados a que adecuen su legislación pensando en las miles de víctimas que acallaron una vez su voz por la edad y que ahora permanecen en silencio porque saben que poco o nada puede hacerse.

La materia penal está vinculada con una política criminal que tiende a inhibir conductas altamente nocivas para la sociedad en general y, pensando en cualquier delito en el que la victima es menor de edad, no se puede pensar en algo más grave y urgente que debemos combatir para que no suceda nunca más y para que quien realizó tan deleznables actos pague por conductas que les cambian la vida de forma negativa a personas inocentes que deben vivir sin daño alguno para tener un crecimiento sano en todos los sentidos.


Secuelas imborrables para toda la vida. Alejandra y Fernanda tienen hoy 36 años, pero hasta la fecha viven con el fantasma de su infancia en una comunidad marginada en el Estado de Guerrero, en la cual se veían constantemente acosadas y abusadas sexualmente por un miembro de la familia de su padre que vivía junto con ellas en una pequeña casa. Después de haberle dicho a su madre, el miedo se apoderó de las tres y sabían que hacer algo era desafiar al padre, al abusador y a la comunidad que, en general, evadía el tema a pesar de las conductas nocivas del perpetrador. Además de sus emociones, la forma de relacionarse con los demás cambió para siempre y, a pesar de haber formado una familia cada una por su cuenta, siguen sintiendo ese vacío y terror de cada vez que su tío abusaba completamente de ellas y que, hoy en día, es una persona violenta con sus hijas y que, hasta cierto punto, no saben a quién más lastimó de la forma que lo hizo con ellas. Lo cierto es que a nivel federal y en su entidad, el delito ha prescrito, por lo que no pueden denunciarlo a la fecha.

Como sabemos, todos los delitos prescriben en determinado tiempo, temporalidad que usualmente está determinada por una suma entre la pena más alta y la pena más baja señaladas en el código y dividida esa cantidad entre dos. Es decir, un delito cuya pena inferior es 4 años y la máxima de 8 años, sumados son 12, entre 2 nos arroja un resultado de 6 años. Esa cantidad de años es la media aritmética y, entre otras cosas, sirve para determinar en esa temporalidad el plazo para que un delito prescriba, para que se borre en sentidos más simples.

Es así entonces que tenemos delitos que se pueden cometer y por el simple paso del tiempo ya no se pueden perseguir. Ese es el caso actual de casi todos los delitos, pero hacemos énfasis en el abuso sexual infantil, el cual tiene una complejidad mayor porque se trata de una conducta inadmisible que se realiza en contra de personas inocentes, susceptibles a no habla por amenazas, miedo o vergüenza y que, además, no tienen al alcance los medios para acudir a la autoridad a presentar su denuncia.

Hace ya algunos meses aprobamos en el Senado de la República una iniciativa de reforma al Código Penal Federal para que los delitos sexuales en contra de menores no prescriban, es decir, se puedan denunciar, perseguir y castigar sin importar si pasaron 3, 5, 10 o 20 años, lo cual permitiría a las víctimas una especie de remanso emocional y, además una reparación del daño que se contabiliza por las terribles secuelas psicológicas y, en ocasiones, físicas con las que cargan las víctimas de abuso sexual.

Es preciso señalar que ya algunas entidades federativas en sus Códigos Penales locales han llevado a cabo reformas para establecer la imprescriptibilidad de este tipo de delitos, por lo que urge que a nivel federal avancemos en la materia para impulsar a todos los estados a que adecuen su legislación pensando en las miles de víctimas que acallaron una vez su voz por la edad y que ahora permanecen en silencio porque saben que poco o nada puede hacerse.

La materia penal está vinculada con una política criminal que tiende a inhibir conductas altamente nocivas para la sociedad en general y, pensando en cualquier delito en el que la victima es menor de edad, no se puede pensar en algo más grave y urgente que debemos combatir para que no suceda nunca más y para que quien realizó tan deleznables actos pague por conductas que les cambian la vida de forma negativa a personas inocentes que deben vivir sin daño alguno para tener un crecimiento sano en todos los sentidos.