/ miércoles 27 de junio de 2018

Arranca veda electoral, ¿qué está prohibido en este tiempo?

Se trata de un periodo destinado solamente para que la ciudadanía se concentre en reflexionar y vea cuál es su opción política

A partir del primer minuto del 28 de junio debe suspenderse cualquier reunión o actos públicos de campaña, propaganda o proselitismo de las candidaturas a la Presidente de México, a gobernadores de estados, así como Jefatura de Gobierno, diputaciones federales y de la Ciudad de México.

La autoridad electoral capitalina indicó que el periodo denominado como "veda electoral" está establecido en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

“La contravención a esta disposición será sancionada en los términos de la Ley Procesal”, señala el Artículo 396, el cual refiere que las campañas electorales deberán concluir tres días antes de celebrarse la jornada electoral.

“La llamada veda electoral es un periodo destinado solamente para que la ciudadanía se concentre en reflexionar y vea cuál es su opción política”, expresó Huesca Rodríguez.

Asimismo, durante este periodo, las autoridades del gobierno central y de las actuales jefaturas delegacionales deberán implementar las medidas necesarias para evitar el uso de recursos públicos a favor o en contra de partidos políticos o candidatos, previo y durante la jornada comicial.

¿Qué se prohíbe?

Los candidatos y partidos políticos no puedes realizar actos proselitistas, por lo que está prohibido celebrar reuniones, actos públicos de campaña, así como la difusión de propaganda por cualquier medio, incluyendo radio y televisión.

Durante estos tres días, 28, 29 y 30 de junio, los partidos y candidatos, incluyendo a los independientes, deberán

  • Retirar la propaganda electoral en un radio de cincuenta metros de los lugares donde se instalarán las casillas para votar.
  • Mientras que los ciudadanos, no podrán realizar marchas en favor o en contra de cualquier candidato.
  • Los medios de comunicación no podrán difundir resultados de encuestas o sondeos de opinión que den a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.
  • Tampoco podrán promover mesas de análisis políticos con representantes de partidos.

Y quien incumpla alguna de estas disposiciones será sancionado con base a lo que señala la Ley General en Materia de Delitos Electorales.


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A partir del primer minuto del 28 de junio debe suspenderse cualquier reunión o actos públicos de campaña, propaganda o proselitismo de las candidaturas a la Presidente de México, a gobernadores de estados, así como Jefatura de Gobierno, diputaciones federales y de la Ciudad de México.

La autoridad electoral capitalina indicó que el periodo denominado como "veda electoral" está establecido en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

“La contravención a esta disposición será sancionada en los términos de la Ley Procesal”, señala el Artículo 396, el cual refiere que las campañas electorales deberán concluir tres días antes de celebrarse la jornada electoral.

“La llamada veda electoral es un periodo destinado solamente para que la ciudadanía se concentre en reflexionar y vea cuál es su opción política”, expresó Huesca Rodríguez.

Asimismo, durante este periodo, las autoridades del gobierno central y de las actuales jefaturas delegacionales deberán implementar las medidas necesarias para evitar el uso de recursos públicos a favor o en contra de partidos políticos o candidatos, previo y durante la jornada comicial.

¿Qué se prohíbe?

Los candidatos y partidos políticos no puedes realizar actos proselitistas, por lo que está prohibido celebrar reuniones, actos públicos de campaña, así como la difusión de propaganda por cualquier medio, incluyendo radio y televisión.

Durante estos tres días, 28, 29 y 30 de junio, los partidos y candidatos, incluyendo a los independientes, deberán

  • Retirar la propaganda electoral en un radio de cincuenta metros de los lugares donde se instalarán las casillas para votar.
  • Mientras que los ciudadanos, no podrán realizar marchas en favor o en contra de cualquier candidato.
  • Los medios de comunicación no podrán difundir resultados de encuestas o sondeos de opinión que den a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.
  • Tampoco podrán promover mesas de análisis políticos con representantes de partidos.

Y quien incumpla alguna de estas disposiciones será sancionado con base a lo que señala la Ley General en Materia de Delitos Electorales.


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