/ jueves 1 de junio de 2023

Tribunal declara inexistente la huelga en restaurante Molino 807

El organismo judicial laboral llamó a regresar a las actividades laborales

El Tribunal Laboral del Poder Judicial del Estado de Hidalgo declaró improcedente el procedimiento de huelga presentado por el Sindicato de Trabajadores del Comercio en General en Hidalgo en contra del restaurante Molino 807.

La jueza María Guadalupe González Olvera consideró que la huelga es inexistente por carecer de fundamento legal y emplazó a los trabajadores del restaurante a regresar a sus empleos en un plazo máximo de 24 horas, pues de lo contrario terminaría su relación laboral con esa empresa sin responsabilidad para el patrón.

El organismo judicial en materia laboral realizó un recuento de la votación sobre los trabajadores para conocer su opinión y la mayoría de los empleados rechazó esa opción sobre las disposiciones de ley, por lo cual el sindicato debe retornar a sus actividades laborales de forma inmediata y levantar la huelga que mantienen en la vía pública.

Sin embargo, los inconformes se opusieron a levantar la huelga y decidieron interponer un amparo, pero los trabajadores solicitaron a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) estatal que intervenga para garantizar la reintegración de los empleados y la recuperación de sus fuentes de ingresos familiares.

Al respecto, el empresario Álvaro Gutiérrez Barranco, propietario del establecimiento, dijo que cumplirá lo establecido por el tribunal laboral y agradeció las muestras de apoyo por parte de la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos (Canirac), así como a Come Seguro y otros organismos colectivos y representación empresarial.

Los empleados del establecimiento que están en contra de la huelga, por lo cual protestaron contra este paro impulsado por un sector de trabajadores que piden que garantice el respeto de los derechos laborales dentro del restaurante.


El Tribunal Laboral del Poder Judicial del Estado de Hidalgo declaró improcedente el procedimiento de huelga presentado por el Sindicato de Trabajadores del Comercio en General en Hidalgo en contra del restaurante Molino 807.

La jueza María Guadalupe González Olvera consideró que la huelga es inexistente por carecer de fundamento legal y emplazó a los trabajadores del restaurante a regresar a sus empleos en un plazo máximo de 24 horas, pues de lo contrario terminaría su relación laboral con esa empresa sin responsabilidad para el patrón.

El organismo judicial en materia laboral realizó un recuento de la votación sobre los trabajadores para conocer su opinión y la mayoría de los empleados rechazó esa opción sobre las disposiciones de ley, por lo cual el sindicato debe retornar a sus actividades laborales de forma inmediata y levantar la huelga que mantienen en la vía pública.

Sin embargo, los inconformes se opusieron a levantar la huelga y decidieron interponer un amparo, pero los trabajadores solicitaron a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) estatal que intervenga para garantizar la reintegración de los empleados y la recuperación de sus fuentes de ingresos familiares.

Al respecto, el empresario Álvaro Gutiérrez Barranco, propietario del establecimiento, dijo que cumplirá lo establecido por el tribunal laboral y agradeció las muestras de apoyo por parte de la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos (Canirac), así como a Come Seguro y otros organismos colectivos y representación empresarial.

Los empleados del establecimiento que están en contra de la huelga, por lo cual protestaron contra este paro impulsado por un sector de trabajadores que piden que garantice el respeto de los derechos laborales dentro del restaurante.


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