/ martes 15 de febrero de 2022

Juez deja sin efecto prisión preventiva contra Roberto Borge

El exgobernador de Quintana Roo está acusado por los presuntos delitos de aprovechamiento ilícito del poder y desempeño irregular de la función pública

Un juez federal dejó sin efecto la prisión preventiva justificada que se impuso a Roberto Borge, exgobernador de Quintana Roo, desde el año 2019 por los presuntos delitos de aprovechamiento ilícito del poder y desempeño irregular de la función pública.

La determinación de amparar y proteger al exgobernador fue del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Quintana Roo, que decidió darle la razón al Borge sobre el argumento de que el juez de control que lo vinculó a proceso “no fundó ni motivó su resolución”.

Por ello el juez César Octavio Meza Ojeda determinó darle la razón a fin de que se deje sin efecto la resolución del 14 de mayo de 2021, dictada en una audiencia de revisión de medidas cautelares, en la que se determinó dejarlo en prisión preventiva.

En otras palabras, la determinación del juez es únicamente para que el juez de la causa “emita una nueva determinación en la que, de manera fundada y motivada, se pronuncie respecto a la revisión de las medidas cautelares del quejoso”.

En sus argumentos Borge también argumentó que debía de darse la protección de la justicia a su favor debido a que se violó su derecho al debido proceso y acceso a la justicia, pues “el juez responsable incorporó elementos que no fueron expuestos por el Ministerio Público durante el debate” de las pruebas, por lo que no le dieron oportunidad de defenderse.

Además, argumentó que ya se rebasó el límite máximo, contemplado en el artículo 20 de la Constitución, para permanecer en prisión preventiva, por lo que se debió “tomar como punto de partida para el cómputo de la prisión preventiva, el momento de su detención con fines de extradición”, que ocurrió el 5 de junio de 2017.

Sin embargo, sobre este punto el juez Meza Ojeda concluyó que “no corresponde a este juzgado de distrito realizar el análisis y pronunciamiento sobre esta cuestión”, aunque sí ordenó al juez de la causa “precise fecha inicio de la prisión preventiva, a efecto de comprobar el cómputo de dos años para su conclusión”.

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Borge permanece en el Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial, en Ayala, Morelos. Pero enfrenta otros procesos tanto en el ámbito federal como en el local. A nivel federal, Borge fue vinculado a proceso por el presunto delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, mejor conocido como lavado de dinero.



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Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

Un juez federal dejó sin efecto la prisión preventiva justificada que se impuso a Roberto Borge, exgobernador de Quintana Roo, desde el año 2019 por los presuntos delitos de aprovechamiento ilícito del poder y desempeño irregular de la función pública.

La determinación de amparar y proteger al exgobernador fue del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Quintana Roo, que decidió darle la razón al Borge sobre el argumento de que el juez de control que lo vinculó a proceso “no fundó ni motivó su resolución”.

Por ello el juez César Octavio Meza Ojeda determinó darle la razón a fin de que se deje sin efecto la resolución del 14 de mayo de 2021, dictada en una audiencia de revisión de medidas cautelares, en la que se determinó dejarlo en prisión preventiva.

En otras palabras, la determinación del juez es únicamente para que el juez de la causa “emita una nueva determinación en la que, de manera fundada y motivada, se pronuncie respecto a la revisión de las medidas cautelares del quejoso”.

En sus argumentos Borge también argumentó que debía de darse la protección de la justicia a su favor debido a que se violó su derecho al debido proceso y acceso a la justicia, pues “el juez responsable incorporó elementos que no fueron expuestos por el Ministerio Público durante el debate” de las pruebas, por lo que no le dieron oportunidad de defenderse.

Además, argumentó que ya se rebasó el límite máximo, contemplado en el artículo 20 de la Constitución, para permanecer en prisión preventiva, por lo que se debió “tomar como punto de partida para el cómputo de la prisión preventiva, el momento de su detención con fines de extradición”, que ocurrió el 5 de junio de 2017.

Sin embargo, sobre este punto el juez Meza Ojeda concluyó que “no corresponde a este juzgado de distrito realizar el análisis y pronunciamiento sobre esta cuestión”, aunque sí ordenó al juez de la causa “precise fecha inicio de la prisión preventiva, a efecto de comprobar el cómputo de dos años para su conclusión”.

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Borge permanece en el Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial, en Ayala, Morelos. Pero enfrenta otros procesos tanto en el ámbito federal como en el local. A nivel federal, Borge fue vinculado a proceso por el presunto delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, mejor conocido como lavado de dinero.



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