/ lunes 31 de enero de 2022

TEEH resuelve infundados supuestos actos de violencia de género

El exdirigente del Panalh no habría incurrido en el señalamiento

La tarde de este lunes 31 de enero, la Magistrada Presidente, Rosa Amparo Martínez Lechuga y los magistrados: Manuel Alberto Cruz Martínez y Leodegario Hernández Cortez, así como el secretario general en funciones Antonio Pérez Ortega, del Tribunal Estatal Electoral de Hidalgo, declararon como infundados los supuestos actos de violencia de género relativos al expediente TEEH-JDC-167/2021.

Durante la sesión virtual transmitida a través de las redes sociales del organismo estatal, se informó que la ciudadana de iniciales M. L. R. M. impugnó la resolución dictada por el Órgano Garante de los Derechos Políticos de los Afiliados y las Afiliadas del partido político local Nueva Alianza Hidalgo, mediante el cual se declararon infundados supuestos actos de violencia de género por el exdirigente del Panalh.

En este sentido, el Pleno declaró fundado el agravio en razón de que la autoridad responsable no fue congruente, ni exhaustiva, en el motivo de su decisión, pero inoperante ya que, la ponencia a cargo del JDC-167/2021 hizo un análisis profundo del tema y determinó que no existió violencia por razón de género.

Derivado de lo anterior, se confirmó la resolución impugnada, por lo que el Tribunal Estatal Electoral de Hidalgo, resolvió que el exdirigente no fue responsable por los señalamientos emitidos en su contra.

La tarde de este lunes 31 de enero, la Magistrada Presidente, Rosa Amparo Martínez Lechuga y los magistrados: Manuel Alberto Cruz Martínez y Leodegario Hernández Cortez, así como el secretario general en funciones Antonio Pérez Ortega, del Tribunal Estatal Electoral de Hidalgo, declararon como infundados los supuestos actos de violencia de género relativos al expediente TEEH-JDC-167/2021.

Durante la sesión virtual transmitida a través de las redes sociales del organismo estatal, se informó que la ciudadana de iniciales M. L. R. M. impugnó la resolución dictada por el Órgano Garante de los Derechos Políticos de los Afiliados y las Afiliadas del partido político local Nueva Alianza Hidalgo, mediante el cual se declararon infundados supuestos actos de violencia de género por el exdirigente del Panalh.

En este sentido, el Pleno declaró fundado el agravio en razón de que la autoridad responsable no fue congruente, ni exhaustiva, en el motivo de su decisión, pero inoperante ya que, la ponencia a cargo del JDC-167/2021 hizo un análisis profundo del tema y determinó que no existió violencia por razón de género.

Derivado de lo anterior, se confirmó la resolución impugnada, por lo que el Tribunal Estatal Electoral de Hidalgo, resolvió que el exdirigente no fue responsable por los señalamientos emitidos en su contra.

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