/ domingo 26 de noviembre de 2023

La consulta indígena, en la legalidad

El diputado Miguel Ángel Martínez aseguró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no tiene los elementos para desechar la Consulta Indígena, esto, luego de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) interpusiera un acto de inconstitucional en contra de las reformas aprobadas en materia político electoral.

Dijo que los trabajos continúan para darle las respuestas a la serie de requerimientos que solicita la Corte y en la que participa todo un equipo de secretarios técnicos de la Comisión de Pueblos Indígenas, la de Legislación y Puntos Constitucionales, así como la coordinación de asesores del Congreso local.

De esta manera, dijo, se está cumpliendo con lo que la propia SCJN ha mandatado. “La Comisión Nacional de Derechos Humanos lo que reclama al Congreso local es el acuerdo 567, donde desaparecen los consejos municipales electorales, lo que no tiene que ver o se puede concatenar con la consulta indígena, porque se realizó en diferente tiempo”.

Dijo que la consulta indígena se llevó a cabo de acuerdo al protocolo y a lo que mandata la Corte, así como de buena fe, libre, informada y previa que, además, atendió la esencia de la Suprema Corte cuando declaró inconstitucional la consulta pasada, en 2019.

La consulta indígena es necesaria para cada entidad ya que de acuerdo a los artículos 6 y 7 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, el Congreso del Estado de Hidalgo tiene la obligación de consultar a los pueblos originarios, con el objetivo de garantizar el respeto a los principios de los ciudadanos.

El pasado tres de octubre la CNDH interpuso el acto de inconstitucionalidad ante la Corte, porque argumenta que no se observó el Convenio 169.

El diputado Miguel Ángel Martínez aseguró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no tiene los elementos para desechar la Consulta Indígena, esto, luego de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) interpusiera un acto de inconstitucional en contra de las reformas aprobadas en materia político electoral.

Dijo que los trabajos continúan para darle las respuestas a la serie de requerimientos que solicita la Corte y en la que participa todo un equipo de secretarios técnicos de la Comisión de Pueblos Indígenas, la de Legislación y Puntos Constitucionales, así como la coordinación de asesores del Congreso local.

De esta manera, dijo, se está cumpliendo con lo que la propia SCJN ha mandatado. “La Comisión Nacional de Derechos Humanos lo que reclama al Congreso local es el acuerdo 567, donde desaparecen los consejos municipales electorales, lo que no tiene que ver o se puede concatenar con la consulta indígena, porque se realizó en diferente tiempo”.

Dijo que la consulta indígena se llevó a cabo de acuerdo al protocolo y a lo que mandata la Corte, así como de buena fe, libre, informada y previa que, además, atendió la esencia de la Suprema Corte cuando declaró inconstitucional la consulta pasada, en 2019.

La consulta indígena es necesaria para cada entidad ya que de acuerdo a los artículos 6 y 7 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, el Congreso del Estado de Hidalgo tiene la obligación de consultar a los pueblos originarios, con el objetivo de garantizar el respeto a los principios de los ciudadanos.

El pasado tres de octubre la CNDH interpuso el acto de inconstitucionalidad ante la Corte, porque argumenta que no se observó el Convenio 169.

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