/ miércoles 23 de febrero de 2022

Hidalgo, sin una ley de negligencia administrativa

Mientras que a nivel nacional, los mexicanos sí pueden reclamar al Estado por algún daño patrimonial causado por alguna negligencia administrativa, en Hidalgo no se puede realizar dicho procedimiento debido a la falta de ley en la materia, afirma el abogado Juan Gabriel Zamora Jiménez, especialista en materia administrativa.

En entrevista con El Sol de Hidalgo, explica que aunque desde 2004 existe una ley federal de Responsabilidad Patrimonial, en Hidalgo no se ha replicado; luego se intentó dar facultad al Tribunal de Justicia Administrativa para que los gobernados pudieran acudir ante alguna conducta negligente de la autoridad, pero tampoco es vigente debido a que no existe reglamento.

El abogado considera que más que otra razón, el motivo por el que no se legisla es económico, “no se quieren aventar la problemática de estar pagando”.

Dicha ley no sólo aplicaría en caso decaer en un bache y que el auto sufra desperfectos, sino también ante el sistema judicial o de procuración de justicia, cuando después de cierto tiempo, simplemente dicen “usted disculpe”, o ante inundaciones causadas por alguna omisión, entre otros supuestos.

Detalló que a nivel federal el procedimiento es de la siguiente forma: en primer lugar, se hace una solicitud ante la autoridad que consideramos tuvo un actuar negligente, se plantean hechos, daños ocasionados, se presenta peritaje y cuantificación.

También te puede interesar: Gobierno pagaría daños por omisión a ciudadanos

Ante la negativa de la autoridad, se presenta una demanda ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. En la demanda se presenta una narración pormenorizada, se aportan pruebas para acreditar que el daño patrimonial está relacionado con la actuación negligente de una autoridad administrativa.

Mientras que a nivel nacional, los mexicanos sí pueden reclamar al Estado por algún daño patrimonial causado por alguna negligencia administrativa, en Hidalgo no se puede realizar dicho procedimiento debido a la falta de ley en la materia, afirma el abogado Juan Gabriel Zamora Jiménez, especialista en materia administrativa.

En entrevista con El Sol de Hidalgo, explica que aunque desde 2004 existe una ley federal de Responsabilidad Patrimonial, en Hidalgo no se ha replicado; luego se intentó dar facultad al Tribunal de Justicia Administrativa para que los gobernados pudieran acudir ante alguna conducta negligente de la autoridad, pero tampoco es vigente debido a que no existe reglamento.

El abogado considera que más que otra razón, el motivo por el que no se legisla es económico, “no se quieren aventar la problemática de estar pagando”.

Dicha ley no sólo aplicaría en caso decaer en un bache y que el auto sufra desperfectos, sino también ante el sistema judicial o de procuración de justicia, cuando después de cierto tiempo, simplemente dicen “usted disculpe”, o ante inundaciones causadas por alguna omisión, entre otros supuestos.

Detalló que a nivel federal el procedimiento es de la siguiente forma: en primer lugar, se hace una solicitud ante la autoridad que consideramos tuvo un actuar negligente, se plantean hechos, daños ocasionados, se presenta peritaje y cuantificación.

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Ante la negativa de la autoridad, se presenta una demanda ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. En la demanda se presenta una narración pormenorizada, se aportan pruebas para acreditar que el daño patrimonial está relacionado con la actuación negligente de una autoridad administrativa.

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