/ sábado 19 de febrero de 2022

Gobierno pagaría daños por omisión a ciudadanos

Por orden judicial, el Congreso del Estado deberá legislar en materia de Responsabilidad Patrimonial del Estado, esto luego de que el juez tercero de distrito concediera un amparo a la Unidad de Litigio Estratégico en Derechos Humanos del Instituto Federal de Defensoría Pública.

Este viernes los diputados locales fueron notificados de la demanda de amparo concedida por el tercer juzgado de distrito.

Con esa reforma, los ciudadanos podrán reclamar al Estado o municipios el daño causado por alguna omisión, por ejemplo, cuando una llanta se poncha a causa de un bache en la vialidad.

En la sentencia se señala que el proceso legislativo, deberá realizarse en el período de sesiones que se encuentre en curso o a más tardar en el siguiente período ordinario. Lo anterior, considerando que la Ley de Amparo, dispone el plazo genérico de tres días para cumplir las ejecutorias.

La omisión legislativa lleva más de 17 años, no obstante, es importante explicar que el 31 de diciembre de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado, misma que entró en vigor el 1 de enero de 2005.

La responsabilidad del Estado se refiere a los daños que, con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares de manera objetiva y directa, así lo describe la Ley federal.

En la legislación se establece que los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a las bases, límites y los procedimientos que establezcan las leyes, normas que en Hidalgo son inexistentes.

Por orden judicial, el Congreso del Estado deberá legislar en materia de Responsabilidad Patrimonial del Estado, esto luego de que el juez tercero de distrito concediera un amparo a la Unidad de Litigio Estratégico en Derechos Humanos del Instituto Federal de Defensoría Pública.

Este viernes los diputados locales fueron notificados de la demanda de amparo concedida por el tercer juzgado de distrito.

Con esa reforma, los ciudadanos podrán reclamar al Estado o municipios el daño causado por alguna omisión, por ejemplo, cuando una llanta se poncha a causa de un bache en la vialidad.

En la sentencia se señala que el proceso legislativo, deberá realizarse en el período de sesiones que se encuentre en curso o a más tardar en el siguiente período ordinario. Lo anterior, considerando que la Ley de Amparo, dispone el plazo genérico de tres días para cumplir las ejecutorias.

La omisión legislativa lleva más de 17 años, no obstante, es importante explicar que el 31 de diciembre de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado, misma que entró en vigor el 1 de enero de 2005.

La responsabilidad del Estado se refiere a los daños que, con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares de manera objetiva y directa, así lo describe la Ley federal.

En la legislación se establece que los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a las bases, límites y los procedimientos que establezcan las leyes, normas que en Hidalgo son inexistentes.

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