/ sábado 28 de noviembre de 2020

TEPJF desecha juicio de revisión electoral

El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Sala Regional Toluca desechó el juicio de revisión constitucional promovido por el PRI en contra del resultado de la elección en el municipio de Cardonal donde ganó el Partido del Trabajo. La Improcedencia del medio de impugnación deviene de la falta de determinancia que representaría el análisis del asunto por parte de los magistrados de la Sala Regional, de ahí que se ordenó desechar de plano el asunto.

Por ende, se confirman los resultados de la sesión de cómputo, así como la entrega de la constancia de mayoría y la declaración de validez de la elección en el ayuntamiento de Cardonal, a favor de Mariano Cabañas Guzman, abanderado del PT.

El secretario explicó que la materia de impugnación presentada por el PRI, se centra en la petición de que se estudien agravios única y exclusivamente en cuatro casillas que controvirtieron ante el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), por lo que no se cumple con el requisito de procedencia del Juicio de Revisión Constitucional (JRC), ya que aún en el caso de que se anularan los resultados de dichas casillas, no cambiaría la votación, y tampoco redundaría en la nulidad de la elección porque no representan el 20 por ciento de las casillas.

Por su parte, el magistrado David Avante indicó que el asunto no queda sin análisis, toda vez que previamente fue objeto de revisión en la instancia local y el TEPJF sólo podrá conocer las controversias determinantes para el resultado de una elección. Explicó que determinante significa que se pueda cambiar el resultado de la elección, existir un cambio de ganador, que se pudiera actualizar alguna causa de nulidad por porcentaje de votación o porque fue indicada por las partes, pero no es el caso, y se desechó.

El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Sala Regional Toluca desechó el juicio de revisión constitucional promovido por el PRI en contra del resultado de la elección en el municipio de Cardonal donde ganó el Partido del Trabajo. La Improcedencia del medio de impugnación deviene de la falta de determinancia que representaría el análisis del asunto por parte de los magistrados de la Sala Regional, de ahí que se ordenó desechar de plano el asunto.

Por ende, se confirman los resultados de la sesión de cómputo, así como la entrega de la constancia de mayoría y la declaración de validez de la elección en el ayuntamiento de Cardonal, a favor de Mariano Cabañas Guzman, abanderado del PT.

El secretario explicó que la materia de impugnación presentada por el PRI, se centra en la petición de que se estudien agravios única y exclusivamente en cuatro casillas que controvirtieron ante el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), por lo que no se cumple con el requisito de procedencia del Juicio de Revisión Constitucional (JRC), ya que aún en el caso de que se anularan los resultados de dichas casillas, no cambiaría la votación, y tampoco redundaría en la nulidad de la elección porque no representan el 20 por ciento de las casillas.

Por su parte, el magistrado David Avante indicó que el asunto no queda sin análisis, toda vez que previamente fue objeto de revisión en la instancia local y el TEPJF sólo podrá conocer las controversias determinantes para el resultado de una elección. Explicó que determinante significa que se pueda cambiar el resultado de la elección, existir un cambio de ganador, que se pudiera actualizar alguna causa de nulidad por porcentaje de votación o porque fue indicada por las partes, pero no es el caso, y se desechó.

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