/ viernes 3 de septiembre de 2021

Sin aprobarse, la paridad de género en elecciones

Luego que el Congreso aprobó la reforma al artículo 62 de la constitución política de la entidad que establece la paridad de género para el proceso electoral sobre la renovación de la gubernatura, hasta el momento no se ha concretado la aprobación de 43 cabildos locales de esta modificación para que entre en funcionamiento.

De acuerdo con el artículo 84 de la constitución local, para que una reforma constitucional pueda entrar en vigor y sea publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo requiere de la aprobación de la mitad más uno de los ayuntamientos, por lo que se necesitan al menos 43 asambleas municipales para que la modificación sea aplicable.

Sin embargo, para que la reforma sea considerada en el siguiente proceso electoral, debe contar con la aprobación de los ayuntamientos antes del 15 de septiembre, debido a que el artículo 100 del Código Electoral de la entidad establece que cualquier modificación debe ser aprobada por lo menos 90 días antes del inicio del mismo, que comenzará el 15 de diciembre.

Los regidores de Actopan rechazaron la reforma constitucional, por lo que no fue validada por el Cabildo, conformado en su mayoría por integrantes de Morena, mientras que otros ayuntamientos como Pachuca y Mineral de la Reforma aún no lo han retomado en sus sesiones.

Luego que el Congreso aprobó la reforma al artículo 62 de la constitución política de la entidad que establece la paridad de género para el proceso electoral sobre la renovación de la gubernatura, hasta el momento no se ha concretado la aprobación de 43 cabildos locales de esta modificación para que entre en funcionamiento.

De acuerdo con el artículo 84 de la constitución local, para que una reforma constitucional pueda entrar en vigor y sea publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo requiere de la aprobación de la mitad más uno de los ayuntamientos, por lo que se necesitan al menos 43 asambleas municipales para que la modificación sea aplicable.

Sin embargo, para que la reforma sea considerada en el siguiente proceso electoral, debe contar con la aprobación de los ayuntamientos antes del 15 de septiembre, debido a que el artículo 100 del Código Electoral de la entidad establece que cualquier modificación debe ser aprobada por lo menos 90 días antes del inicio del mismo, que comenzará el 15 de diciembre.

Los regidores de Actopan rechazaron la reforma constitucional, por lo que no fue validada por el Cabildo, conformado en su mayoría por integrantes de Morena, mientras que otros ayuntamientos como Pachuca y Mineral de la Reforma aún no lo han retomado en sus sesiones.

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