/ sábado 16 de enero de 2021

Reglamentan uso de la mariguana

El Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Esta regulación para la producción y uso de cannabis, se indicó, les interesa a productores agrícolas del Valle del Mezquital, de la Sierra y la Huasteca hidalguense, de acuerdo con sus propias manifestaciones.

Cabe señalar que tiene por objeto la regulación, control, fomento y vigilancia sanitaria de materia prima, derivados farmacológicos y medicamentos de cannabis, con fines de producción, investigación, fabricación y médicos. Se indica que la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris); la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), y del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas (SNCS); y las secretarías de Economía y de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), ejercerán las atribuciones que les confieren las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas en el ámbito de su competencia legal y autorizada.

Así también que los permisos de siembra de especies o variedades autorizadas de cannabis, se otorgarán para las actividades de siembra, cultivo y cosecha, así como para la investigación para la salud, y para la fabricación de derivados farmacológicos y medicamentos. Finalmente, se establece que las actividades de siembra, cultivo, cosecha y producción de cannabis deberán realizarse en un sitio confinado permitido.

El Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Esta regulación para la producción y uso de cannabis, se indicó, les interesa a productores agrícolas del Valle del Mezquital, de la Sierra y la Huasteca hidalguense, de acuerdo con sus propias manifestaciones.

Cabe señalar que tiene por objeto la regulación, control, fomento y vigilancia sanitaria de materia prima, derivados farmacológicos y medicamentos de cannabis, con fines de producción, investigación, fabricación y médicos. Se indica que la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris); la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), y del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas (SNCS); y las secretarías de Economía y de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), ejercerán las atribuciones que les confieren las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas en el ámbito de su competencia legal y autorizada.

Así también que los permisos de siembra de especies o variedades autorizadas de cannabis, se otorgarán para las actividades de siembra, cultivo y cosecha, así como para la investigación para la salud, y para la fabricación de derivados farmacológicos y medicamentos. Finalmente, se establece que las actividades de siembra, cultivo, cosecha y producción de cannabis deberán realizarse en un sitio confinado permitido.

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