/ jueves 21 de marzo de 2024

Recuerdan las diferencias entre el homicidio y el feminicidio: SEIINAC

La asociación ha recabado información acerca de la forma más extrema de violencia de género

La Asociación Servicios de Inclusión Integral y Derechos Humanos (SEIINAC), expuso a través de un compilado, las diferencias entre el homicidio y el feminicidio, refirió que este último es la forma más extrema de violencia de género en contra de las mujeres lo cual es también resultado de la violación de sus derechos humanos en los ámbitos públicos y/o privados.

En el escrito, se explica que el bien jurídico tutelado, es decir, lo que se afecta en un homicidio y que está protegido por la ley es la vida; la víctima o sujeto pasivo no requiere de una característica específica como el género, edad u orientación sexual y puede ser doloso o culposo, es decir, cometido de forma intencionada o sin la voluntad de asesinar a alguien.

En tanto, en el feminicidio, existen razones de género que reflejan la discriminación, la superioridad, el odio y el desprecio contra las mujeres, sus vidas y sus cuerpos; se evidencia la violencia desmedida antes, durante y posterior a su asesinato; el bien jurídico tutelado afectado no solo es la vida de la mujer, también la integridad la dignidad, el derecho a una vida libre de violencia, la libertad y la seguridad; además, las víctimas son las mujeres, y las razones de género, determinan que el asesinato fue realizado con conocimiento e intención, es decir, es un delito doloso.

Por ello, la organización establecida en la colonia Centro de Pachuca, refirió que el uso correcto de ambos conceptos, así como el de tentativa de feminicidio, que se refiere al acto intencionado de asesinar a una mujer, pero que por algún motivo no se concretó, permiten visibilizar el riesgo que viven las féminas.

Además, recordó que la violencia de género, incluyendo los asesinatos, no son casos aislados, por lo que en el escrito, enlistó los pasos del protocolo a seguir y las responsabilidades del primer respondiente en caso de muertes violentas de niñas, adolescentes o mujeres, mencionando que a las autoridades les compete confirmar el hecho; mantener comunicación con sus superiores y acordonar la zona para evitar la pérdida de evidencias; contaminación de pruebas e impedir el paso de cualquier persona.


La Asociación Servicios de Inclusión Integral y Derechos Humanos (SEIINAC), expuso a través de un compilado, las diferencias entre el homicidio y el feminicidio, refirió que este último es la forma más extrema de violencia de género en contra de las mujeres lo cual es también resultado de la violación de sus derechos humanos en los ámbitos públicos y/o privados.

En el escrito, se explica que el bien jurídico tutelado, es decir, lo que se afecta en un homicidio y que está protegido por la ley es la vida; la víctima o sujeto pasivo no requiere de una característica específica como el género, edad u orientación sexual y puede ser doloso o culposo, es decir, cometido de forma intencionada o sin la voluntad de asesinar a alguien.

En tanto, en el feminicidio, existen razones de género que reflejan la discriminación, la superioridad, el odio y el desprecio contra las mujeres, sus vidas y sus cuerpos; se evidencia la violencia desmedida antes, durante y posterior a su asesinato; el bien jurídico tutelado afectado no solo es la vida de la mujer, también la integridad la dignidad, el derecho a una vida libre de violencia, la libertad y la seguridad; además, las víctimas son las mujeres, y las razones de género, determinan que el asesinato fue realizado con conocimiento e intención, es decir, es un delito doloso.

Por ello, la organización establecida en la colonia Centro de Pachuca, refirió que el uso correcto de ambos conceptos, así como el de tentativa de feminicidio, que se refiere al acto intencionado de asesinar a una mujer, pero que por algún motivo no se concretó, permiten visibilizar el riesgo que viven las féminas.

Además, recordó que la violencia de género, incluyendo los asesinatos, no son casos aislados, por lo que en el escrito, enlistó los pasos del protocolo a seguir y las responsabilidades del primer respondiente en caso de muertes violentas de niñas, adolescentes o mujeres, mencionando que a las autoridades les compete confirmar el hecho; mantener comunicación con sus superiores y acordonar la zona para evitar la pérdida de evidencias; contaminación de pruebas e impedir el paso de cualquier persona.


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