/ lunes 2 de noviembre de 2020

Ordenan al Inai abrir datos de las muertes por Covid-19

El comisionado presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) Francisco Javier Acuña Llamas, afirmó a través de un comunicado de prensa que la información proporcionada por la Secretaría de Salud, no atiende con cabalidad lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública por lo que deberá informar los estadísticos relativos al periodo 1 de febrero al 1 de julio de 2020.

Asimismo, informó, deberá entregar nueva versión pública en la que, además de los datos ya proporcionados en su respuesta inicial, incluya los datos de año, mes, estado captura, fecha de información, fecha de actualización y tipo de hoja.

Al presentar el asunto ante el Pleno, el funcionario aseguró: "es un deber de las autoridades tener actualizada lo más posible la información; desde luego hay procesos que no son instantáneos a pesar de que ahora hay tantos medios para hacer que las cuestiones que antes eran manuales a renglón seguido, me refiero con pluma, lápiz y corrector, después ya fueron con mecanografía y ahora ya son un asunto de computo e informática".

En su respuesta, indicó, la dependencia le dijo que, si bien tiene información en los términos que le fueron solicitados, no se cuenta con información de 2019 y 2020.

Inconforme con la respuesta, el particular presentó recurso de revisión ante el INAI, por medio del cual señaló que el sujeto obligado no entregó la información solicitada, y tampoco determinó la inexistencia de la información de los años 2019 y 2020.

El comisionado presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) Francisco Javier Acuña Llamas, afirmó a través de un comunicado de prensa que la información proporcionada por la Secretaría de Salud, no atiende con cabalidad lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública por lo que deberá informar los estadísticos relativos al periodo 1 de febrero al 1 de julio de 2020.

Asimismo, informó, deberá entregar nueva versión pública en la que, además de los datos ya proporcionados en su respuesta inicial, incluya los datos de año, mes, estado captura, fecha de información, fecha de actualización y tipo de hoja.

Al presentar el asunto ante el Pleno, el funcionario aseguró: "es un deber de las autoridades tener actualizada lo más posible la información; desde luego hay procesos que no son instantáneos a pesar de que ahora hay tantos medios para hacer que las cuestiones que antes eran manuales a renglón seguido, me refiero con pluma, lápiz y corrector, después ya fueron con mecanografía y ahora ya son un asunto de computo e informática".

En su respuesta, indicó, la dependencia le dijo que, si bien tiene información en los términos que le fueron solicitados, no se cuenta con información de 2019 y 2020.

Inconforme con la respuesta, el particular presentó recurso de revisión ante el INAI, por medio del cual señaló que el sujeto obligado no entregó la información solicitada, y tampoco determinó la inexistencia de la información de los años 2019 y 2020.

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