/ sábado 9 de julio de 2022

Libran a alcaldías de sanción por opacidad

Integrantes de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron la sentencia emitida por el Tribunal local en el que ordenó a la presidencia municipal de Zempoala entregar a diversos regidores información referente con los gastos que realizan. Contrario a lo advertido por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), el tribunal federal consideró que no hubo una negativa de la autoridad a proporcionar información, tan es así que incluso la pusieron a disposición de los quejosos al momento que ellos lo necesitaran en cada una de las áreas municipales correspondientes.

Los quejosos solicitaron desde copias certificadas de las sesiones de Cabildo del ayuntamiento de Zempoala, hasta copias certificadas de las licencias de funcionamiento actual y vencidas otorgadas. Por otro lado, declararon infundado e inoperante un asunto promovido por el ayuntamiento de Acatlán en lo que hace a la entrega de información a algunos regidores, toda vez “la propia autoridad municipal reconoce que existe documentación”.

Y en lo que hace a la multa que le fue impuesta por el Tribunal Local, el TEPJF Sala Toluca consideró que es fundado el agravio, ello por considerar que “existe incongruencia entre el apercibimiento decretado y la razón por la que se impuso la multa, además porque no se motivó debidamente. Aun cuando se afirmó que no existen elementos para conocer la situación económica del actor”. En consecuencia se revocó la multa impuesta a Reyna López Ruíz y otros y queda sin efecto la sentencia emitida por el TEEH, en la que se obligaba a diversas autoridades entregar información a los regidores.

Integrantes de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron la sentencia emitida por el Tribunal local en el que ordenó a la presidencia municipal de Zempoala entregar a diversos regidores información referente con los gastos que realizan. Contrario a lo advertido por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), el tribunal federal consideró que no hubo una negativa de la autoridad a proporcionar información, tan es así que incluso la pusieron a disposición de los quejosos al momento que ellos lo necesitaran en cada una de las áreas municipales correspondientes.

Los quejosos solicitaron desde copias certificadas de las sesiones de Cabildo del ayuntamiento de Zempoala, hasta copias certificadas de las licencias de funcionamiento actual y vencidas otorgadas. Por otro lado, declararon infundado e inoperante un asunto promovido por el ayuntamiento de Acatlán en lo que hace a la entrega de información a algunos regidores, toda vez “la propia autoridad municipal reconoce que existe documentación”.

Y en lo que hace a la multa que le fue impuesta por el Tribunal Local, el TEPJF Sala Toluca consideró que es fundado el agravio, ello por considerar que “existe incongruencia entre el apercibimiento decretado y la razón por la que se impuso la multa, además porque no se motivó debidamente. Aun cuando se afirmó que no existen elementos para conocer la situación económica del actor”. En consecuencia se revocó la multa impuesta a Reyna López Ruíz y otros y queda sin efecto la sentencia emitida por el TEEH, en la que se obligaba a diversas autoridades entregar información a los regidores.

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