/ lunes 23 de marzo de 2020

Improcedente, queja de panistas de Cuautepec

Fue presentada por los aspirantes a candidatos para buscar alcaldía

Por unanimidad de votos, declaró el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) improcedente el medio de impugnación interpuesto por José Luis Pérez Márquez y otros, en su calidad de elegidos por el Partido Acción Nacional (PAN) en asamblea interna de Cuautepec de Hinojosa para ser postulados como candidatos para presidente municipal, síndicos y regidores, propietarios y suplentes respectivamente, dentro del proceso electoral local de Hidalgo 2019-2020; mediante Juicio para la protección de los Derechos Político- Electorales del Ciudadano con expediente TEEH-JDC-035/2020.

Los quejosos señalaron como responsable a la Comisión Permanente del Consejo Estatal del PAN y rechazan su decisión de incluir el convenio de candidatura común entre este instituto político y el Partido de la Revolución Democrática del municipio de Cuautepec de Hinojosa.

Durante la exposición del asunto a cargo de la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo, indicó que dado que no fueron agotadas las instancias previas establecidas en la ley para combatir los actos, se determinó la improcedencia de la controversia y su reencauce a la Comisión de Justicia de Acción Nacional para que en los términos del artículo 89 de sus estatutos generales sustancie y resuelva el juicio de inconformidad.

En ese sentido, establecieron dejar sin efecto el acuerdo de radicación con fecha 22 de marzo del presente año y dieron un plazo de cuatro días naturales para que la Comisión de Justicia del PAN conozca y resuelva la queja planteada.

Por unanimidad de votos, declaró el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) improcedente el medio de impugnación interpuesto por José Luis Pérez Márquez y otros, en su calidad de elegidos por el Partido Acción Nacional (PAN) en asamblea interna de Cuautepec de Hinojosa para ser postulados como candidatos para presidente municipal, síndicos y regidores, propietarios y suplentes respectivamente, dentro del proceso electoral local de Hidalgo 2019-2020; mediante Juicio para la protección de los Derechos Político- Electorales del Ciudadano con expediente TEEH-JDC-035/2020.

Los quejosos señalaron como responsable a la Comisión Permanente del Consejo Estatal del PAN y rechazan su decisión de incluir el convenio de candidatura común entre este instituto político y el Partido de la Revolución Democrática del municipio de Cuautepec de Hinojosa.

Durante la exposición del asunto a cargo de la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo, indicó que dado que no fueron agotadas las instancias previas establecidas en la ley para combatir los actos, se determinó la improcedencia de la controversia y su reencauce a la Comisión de Justicia de Acción Nacional para que en los términos del artículo 89 de sus estatutos generales sustancie y resuelva el juicio de inconformidad.

En ese sentido, establecieron dejar sin efecto el acuerdo de radicación con fecha 22 de marzo del presente año y dieron un plazo de cuatro días naturales para que la Comisión de Justicia del PAN conozca y resuelva la queja planteada.

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