/ miércoles 29 de noviembre de 2023

¿Cuáles son las sanciones por vender pirotecnia? Monto de las multas y tiempo que podrías pasar en prisión

Estos artefactos son usados en México para gran variedad de eventos, por lo que en diciembre sus ventas se elevan drásticamente por las celebraciones de Navidad

La pirotecnia para muchos de los mexicanos es sinónimo de celebración, puesto que son utilizados para eventos de toda índole: religiosos, patrios, deportivos o cívicos; sin embargo, los juegos pirotécnicos y su mal manejo han sido motivo de eventos trágicos.

Tan solo el martes 28 de noviembre, cinco personas murieron y tres más resultaron lesionadas tras la explosión de un polvorín en la comunidad de La Blanca, perteneciente al municipio de Santiago de Anaya, Hidalgo. Esto fue confirmado por las autoridades municipales de donde ocurrió el hecho.

En este sentido, debes de saber que existe la Ley Federal de Pirotecnia, la cual busca regular la fabricación, importación, exportación, almacenamiento, transportación y comercialización de materias y artificios pirotécnicos.


Ley Federal de Pirotecnia

Para esta ley se entienden como Artificios Pirotécnicos a los ingenios de propiedades deflagrantes, sonoros, luminosos o caloríficos, elaborados a partir de sustancias químicas que de manera artesanal o industrial pueden tener aplicación lícita en diferentes actividades.

Mientras que las Materias Pirotécnicas, es toda sustancia que por sí sola, mezclada o compuesta, tenga propiedades detonantes, fulminantes, caloríficas, sonoras, gaseosas o sea susceptible de emplearse como su precursora, cuyo fin sea la fabricación de artificios pirotécnicos, así como los instrumentos de la construcción que utilizan pólvora para su funcionamiento. Estas materias están publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), como Normas Oficiales Mexicanas (NOM).

Quienes no acaten las normas de fabricación, importación, exportación, almacenamiento, transportación y comercialización pueden ser sujetos a distintas sanciones.


Sanciones monetarias de acuerdo con la Ley Federal de Pirotecnia

De acuerdo con el Artículo 66 de la presente Ley, serán sancionados con 10 a 50 días de salario mínimo diario vigente:

- A quienes almacenen materias y artificios pirotécnicos en lugares no autorizados para tal efecto

- A quienes posean para su comercialización materias y artificios pirotécnicos sin el permiso correspondiente

- A quienes incumplan con la presentación de informes a que se refiere esta Ley;

- Al que incumpla las obligaciones señaladas en esta Ley o su reglamento, que no configure un delito;

- A quien venda artículos pirotécnicos a menores de edad.

La Secretaría de la Defensa Nacional será competente para aplicar las sanciones contenidas en el presente artículo.


Tiempo de prisión para quienes infrinjan la Ley

De acuerdo con el Artículo 67 de la presente Ley, se impondrá de un mes a dos años de prisión y de 50 a 200 días de salario mínimo vigente a quien:

- Fabrique, almacene, importe o exporte materias y artificios pirotécnicos sin el permiso correspondiente.

- Disponga indebidamente de las materias y artificios pirotécnicos con que se haya dotado a su permiso.

- Administre locales de fabricación, almacenamiento o demás establecimientos que se dediquen a las actividades reguladas por esta Ley, sin sujetarse a las condiciones de seguridad a que estén obligados.

- Realice el transporte de materias y artificios pirotécnicos sin el permiso correspondiente o mediante empresas no autorizadas;

- Enajene materias y artificios pirotécnicos sin el permiso que corresponda, de conformidad con esta Ley y su reglamento.

Es de destacar que el salario mínimo actual es de 207.44 pesos diarios, el cual entró en vigor a partir del 1 de enero de 2023.


Para mayor información puedes consultar el documento en PDF de la Ley Federal de Pirotecnia

La pirotecnia para muchos de los mexicanos es sinónimo de celebración, puesto que son utilizados para eventos de toda índole: religiosos, patrios, deportivos o cívicos; sin embargo, los juegos pirotécnicos y su mal manejo han sido motivo de eventos trágicos.

Tan solo el martes 28 de noviembre, cinco personas murieron y tres más resultaron lesionadas tras la explosión de un polvorín en la comunidad de La Blanca, perteneciente al municipio de Santiago de Anaya, Hidalgo. Esto fue confirmado por las autoridades municipales de donde ocurrió el hecho.

En este sentido, debes de saber que existe la Ley Federal de Pirotecnia, la cual busca regular la fabricación, importación, exportación, almacenamiento, transportación y comercialización de materias y artificios pirotécnicos.


Ley Federal de Pirotecnia

Para esta ley se entienden como Artificios Pirotécnicos a los ingenios de propiedades deflagrantes, sonoros, luminosos o caloríficos, elaborados a partir de sustancias químicas que de manera artesanal o industrial pueden tener aplicación lícita en diferentes actividades.

Mientras que las Materias Pirotécnicas, es toda sustancia que por sí sola, mezclada o compuesta, tenga propiedades detonantes, fulminantes, caloríficas, sonoras, gaseosas o sea susceptible de emplearse como su precursora, cuyo fin sea la fabricación de artificios pirotécnicos, así como los instrumentos de la construcción que utilizan pólvora para su funcionamiento. Estas materias están publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), como Normas Oficiales Mexicanas (NOM).

Quienes no acaten las normas de fabricación, importación, exportación, almacenamiento, transportación y comercialización pueden ser sujetos a distintas sanciones.


Sanciones monetarias de acuerdo con la Ley Federal de Pirotecnia

De acuerdo con el Artículo 66 de la presente Ley, serán sancionados con 10 a 50 días de salario mínimo diario vigente:

- A quienes almacenen materias y artificios pirotécnicos en lugares no autorizados para tal efecto

- A quienes posean para su comercialización materias y artificios pirotécnicos sin el permiso correspondiente

- A quienes incumplan con la presentación de informes a que se refiere esta Ley;

- Al que incumpla las obligaciones señaladas en esta Ley o su reglamento, que no configure un delito;

- A quien venda artículos pirotécnicos a menores de edad.

La Secretaría de la Defensa Nacional será competente para aplicar las sanciones contenidas en el presente artículo.


Tiempo de prisión para quienes infrinjan la Ley

De acuerdo con el Artículo 67 de la presente Ley, se impondrá de un mes a dos años de prisión y de 50 a 200 días de salario mínimo vigente a quien:

- Fabrique, almacene, importe o exporte materias y artificios pirotécnicos sin el permiso correspondiente.

- Disponga indebidamente de las materias y artificios pirotécnicos con que se haya dotado a su permiso.

- Administre locales de fabricación, almacenamiento o demás establecimientos que se dediquen a las actividades reguladas por esta Ley, sin sujetarse a las condiciones de seguridad a que estén obligados.

- Realice el transporte de materias y artificios pirotécnicos sin el permiso correspondiente o mediante empresas no autorizadas;

- Enajene materias y artificios pirotécnicos sin el permiso que corresponda, de conformidad con esta Ley y su reglamento.

Es de destacar que el salario mínimo actual es de 207.44 pesos diarios, el cual entró en vigor a partir del 1 de enero de 2023.


Para mayor información puedes consultar el documento en PDF de la Ley Federal de Pirotecnia

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