/ lunes 24 de abril de 2023

Conoce la multa por invadir el carril confinado del Tuzobús

Puede ser de hasta 30 UMAS, equivalentes a dos mil 886.60 pesos

Invadir el carril confinado del Sistema Tuzobús puede hacer acreedor a una multa económica de veinte hasta treinta veces la Unidad de Medida y Actualización (UMAS), la cual de acuerdo a la sección VI de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Hidalgo equivale cada una a 96.22 pesos.

La mayoría de los percances de tránsito se deben al conducir bajo la influencia del alcohol, el uso inadecuado de vialidades y maniobras imprudentes; en ese sentido, el artículo 272 de Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo señala que el Organismo del Transporte Masivo, a través de los inspectores de transporte, podrá ordenar la detención y aseguramiento de los vehículos, sean de servicio público o de particulares, en caso de incurrir en alguna falta que atrase el servicio o que ocasione accidentes.

Por ello, la Secretaría de Movilidad y Transporte (SEMOT) dio a conocer que las sanciones serán para diferentes supuestos como en el tránsito de vehículos ajenos sobre los carriles reservados y preferenciales, salvo en los tramos en que se permita el tránsito controlado con preferencia a los vehículos del Servicio Público de Transporte Masivo de Pasajeros.

De igual modo, informó que estas acciones serán para quienes hagan movimientos de vuelta, ya sea de izquierda o derecha, y para los cambios de carril que crucen sobre los reservados para el Corredor o en caso del estacionamiento de vehículos en las vías públicas en las que opera el mismo.

Para tales efectos, el Organismo del Transporte Masivo, que recorre del sur al centro de la capital hidalguense, de estimar lo necesario, podrá convenir con las autoridades municipales o estatales, las medidas de coordinación o colaboración y con base en la fracción XIII de los artículos 272 y 289, impondrá a los conductores multa de 20 UMAS, equivalente a mil 924.40 pesos o de 30 UMAS, de dos mil 886.60 pesos; el valor de cada UMA, de acuerdo a la sección VI de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, equivale a 96.22 pesos.


Invadir el carril confinado del Sistema Tuzobús puede hacer acreedor a una multa económica de veinte hasta treinta veces la Unidad de Medida y Actualización (UMAS), la cual de acuerdo a la sección VI de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Hidalgo equivale cada una a 96.22 pesos.

La mayoría de los percances de tránsito se deben al conducir bajo la influencia del alcohol, el uso inadecuado de vialidades y maniobras imprudentes; en ese sentido, el artículo 272 de Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo señala que el Organismo del Transporte Masivo, a través de los inspectores de transporte, podrá ordenar la detención y aseguramiento de los vehículos, sean de servicio público o de particulares, en caso de incurrir en alguna falta que atrase el servicio o que ocasione accidentes.

Por ello, la Secretaría de Movilidad y Transporte (SEMOT) dio a conocer que las sanciones serán para diferentes supuestos como en el tránsito de vehículos ajenos sobre los carriles reservados y preferenciales, salvo en los tramos en que se permita el tránsito controlado con preferencia a los vehículos del Servicio Público de Transporte Masivo de Pasajeros.

De igual modo, informó que estas acciones serán para quienes hagan movimientos de vuelta, ya sea de izquierda o derecha, y para los cambios de carril que crucen sobre los reservados para el Corredor o en caso del estacionamiento de vehículos en las vías públicas en las que opera el mismo.

Para tales efectos, el Organismo del Transporte Masivo, que recorre del sur al centro de la capital hidalguense, de estimar lo necesario, podrá convenir con las autoridades municipales o estatales, las medidas de coordinación o colaboración y con base en la fracción XIII de los artículos 272 y 289, impondrá a los conductores multa de 20 UMAS, equivalente a mil 924.40 pesos o de 30 UMAS, de dos mil 886.60 pesos; el valor de cada UMA, de acuerdo a la sección VI de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, equivale a 96.22 pesos.


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