/ sábado 21 de noviembre de 2020

Anula TEEH triunfo del PESH en Huejutla por violaciones político-religiosas

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) anuló la elección de renovación del ayuntamiento de Huejutla, debido a las violaciones político-religiosas durante la campaña política que incurrió el Partido Encuentro Social de Hidalgo (PESH) con su candidato Daniel Andrade Zurutuza, quien resultó triunfador en la elección del 18 de octubre.

La magistrada presidenta María Luisa Oviedo Quezada explicó que en las pruebas presentadas por el juicio de inconformidad promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), expediente JIN-028-PRI-037/2020, resultaron fundadas al encontrarse que la campaña política del PESH involucra seguidamente la fe religiosa que contravienen a la Constitución Política y del Código Electoral.

Además, el TEEH sancionó a Daniel Andrade Zurutuza con 50 Unidades de Medida Actualizada (UMA) y a su candidato suplente, José Pilar López Espinoza con 150, ya que éste último realizó continúas referencias religiosas, al tiempo, de invitar al voto. Así también al PESH, con 50 UMA´s.

Derivado de esta resolución local el PESH acudirá a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para defender el triunfo.

En tanto, el TEEH desechó los juicios de inconformidad del proceso electoral en la renovación de los ayuntamientos de Huehuetla, Actopan, Villa de Tezontepec, Nopala, Tepeapulco, Tlanchinol, Atitalaquia y Mineral de la Reforma, por lo que confirmó el triunfo en dichas demarcaciones.

En estas, magistradas y magistrados, resolvieron que los juicios de inconformidad interpuestos por los diversos partidos políticos fueron omisos en aportar elementos para la comprobación de irregularidades, algunas de ellas coincidentes, como supuestos actos en compra de votos, sufragios extraídos de las urnas, uso de símbolos religiosos, intimidaciones, rebase de tope de campañas, acarreo de votantes, entre otros.

También quedaron desechadas aquellas inconformidades acerca de la desobediencia en los lineamientos de salud por Covid-19 en el desarrollo de las campañas políticas, ya que el Código Electoral del estado, no lo contempla.

En este sentido, el magistrado Manuel Alberto Cruz, aclaró que las acciones de sanidad no son punitivas y que de ninguna manera puede ser un mecanismo de causa en el proceso electoral o sancionable de un Procedimiento Especial Sancionador.

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) anuló la elección de renovación del ayuntamiento de Huejutla, debido a las violaciones político-religiosas durante la campaña política que incurrió el Partido Encuentro Social de Hidalgo (PESH) con su candidato Daniel Andrade Zurutuza, quien resultó triunfador en la elección del 18 de octubre.

La magistrada presidenta María Luisa Oviedo Quezada explicó que en las pruebas presentadas por el juicio de inconformidad promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), expediente JIN-028-PRI-037/2020, resultaron fundadas al encontrarse que la campaña política del PESH involucra seguidamente la fe religiosa que contravienen a la Constitución Política y del Código Electoral.

Además, el TEEH sancionó a Daniel Andrade Zurutuza con 50 Unidades de Medida Actualizada (UMA) y a su candidato suplente, José Pilar López Espinoza con 150, ya que éste último realizó continúas referencias religiosas, al tiempo, de invitar al voto. Así también al PESH, con 50 UMA´s.

Derivado de esta resolución local el PESH acudirá a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para defender el triunfo.

En tanto, el TEEH desechó los juicios de inconformidad del proceso electoral en la renovación de los ayuntamientos de Huehuetla, Actopan, Villa de Tezontepec, Nopala, Tepeapulco, Tlanchinol, Atitalaquia y Mineral de la Reforma, por lo que confirmó el triunfo en dichas demarcaciones.

En estas, magistradas y magistrados, resolvieron que los juicios de inconformidad interpuestos por los diversos partidos políticos fueron omisos en aportar elementos para la comprobación de irregularidades, algunas de ellas coincidentes, como supuestos actos en compra de votos, sufragios extraídos de las urnas, uso de símbolos religiosos, intimidaciones, rebase de tope de campañas, acarreo de votantes, entre otros.

También quedaron desechadas aquellas inconformidades acerca de la desobediencia en los lineamientos de salud por Covid-19 en el desarrollo de las campañas políticas, ya que el Código Electoral del estado, no lo contempla.

En este sentido, el magistrado Manuel Alberto Cruz, aclaró que las acciones de sanidad no son punitivas y que de ninguna manera puede ser un mecanismo de causa en el proceso electoral o sancionable de un Procedimiento Especial Sancionador.

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