/ jueves 14 de febrero de 2019

Aumenta 126% impuesto a los ahorradores 2019

La ley de ingresos del nuevo gobierno dice en su artículo 21: “Durante el ejercicio fiscal de 2019 la tasa de retención anual a que se refieren los artículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto sobre la Renta ISR será del 1.04 por ciento”. Con base en el texto anterior se encendieron las alarmas pues la retención en el 2018 fue del 0.46%, lo que aumentaría en un 126%, entonces los cuestionamientos son: ¿Cómo aplica?, ¿Se va a pagar más ISR? y ¿A quiénes afecta? Respuesta a la primera pregunta: el artículo 54 de la ley del ISR dice “Las instituciones que componen el sistema financiero que efectúen pagos por intereses, deberán retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que al efecto establezca el Congreso de la Unión”.

Para lo cual abrá que puntualizar que una forma de cobrar el ISR por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es a través de las instituciones financieras, las cuales deben retener parte del impuesto a personas físicas. Como respuesta a la segunda pregunta: debemos hacer una diferencia entre el aumento a la tarifa máxima del ISR que actualmente es del 35% para personas físicas, con la tasa de retención que es el porcentaje del ISR que el Banco va a enterar y retener. El propósito de la ley fue aumentar la recaudación de impuestos, pues es más fácil que el gobierno cobre el impuesto al Banco que a las personas físicas, no significa que aumentará el tope del ISR. ¿A quién afecta? El artículo 54 de la ley del ISR aclara que NO se efectuará la retención a: La Federación, las entidades federativas o los municipios, Los partidos o asociaciones políticas, Las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, Las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro, a los fondos de pensiones o jubilaciones. Los que se paguen a fondos o fideicomisos de fomento económico del Gobierno Federal, Los intereses que se paguen a fondos de ahorro y cajas de ahorro de trabajadores o a las personas morales constituidas únicamente con el objeto de administrar dichos fondos o cajas de ahorro, entre otras.

La medida afecta a los ahorradores e inversionistas cuyos ingresos por intereses, a quienes lo hacen a través de un fondo de inversión, quiero ejemplificar, existen un sinumero de adultos mayores que a lo largo de su vida lograron un ahorro y contar con recursos para abrir un cuenta ante alguna institución bancaria, a partir de enero de 2019 este bien patrimonial se ve afectado, ya que a ellos la retención de ISR sobre los rendimientos que le otorgan sus cuentas bancarias se incremento 126 por ciento, sin duda un golpe a su economía. Para ser claros, muchas personas que buscan el instalar su poco o mucho dinero en una institución bancaria que le de mejores rendimientos, ahora se ven afectados por la retención de más del doble que le retenían en 2018.

La ley de ingresos del nuevo gobierno dice en su artículo 21: “Durante el ejercicio fiscal de 2019 la tasa de retención anual a que se refieren los artículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto sobre la Renta ISR será del 1.04 por ciento”. Con base en el texto anterior se encendieron las alarmas pues la retención en el 2018 fue del 0.46%, lo que aumentaría en un 126%, entonces los cuestionamientos son: ¿Cómo aplica?, ¿Se va a pagar más ISR? y ¿A quiénes afecta? Respuesta a la primera pregunta: el artículo 54 de la ley del ISR dice “Las instituciones que componen el sistema financiero que efectúen pagos por intereses, deberán retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que al efecto establezca el Congreso de la Unión”.

Para lo cual abrá que puntualizar que una forma de cobrar el ISR por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es a través de las instituciones financieras, las cuales deben retener parte del impuesto a personas físicas. Como respuesta a la segunda pregunta: debemos hacer una diferencia entre el aumento a la tarifa máxima del ISR que actualmente es del 35% para personas físicas, con la tasa de retención que es el porcentaje del ISR que el Banco va a enterar y retener. El propósito de la ley fue aumentar la recaudación de impuestos, pues es más fácil que el gobierno cobre el impuesto al Banco que a las personas físicas, no significa que aumentará el tope del ISR. ¿A quién afecta? El artículo 54 de la ley del ISR aclara que NO se efectuará la retención a: La Federación, las entidades federativas o los municipios, Los partidos o asociaciones políticas, Las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, Las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro, a los fondos de pensiones o jubilaciones. Los que se paguen a fondos o fideicomisos de fomento económico del Gobierno Federal, Los intereses que se paguen a fondos de ahorro y cajas de ahorro de trabajadores o a las personas morales constituidas únicamente con el objeto de administrar dichos fondos o cajas de ahorro, entre otras.

La medida afecta a los ahorradores e inversionistas cuyos ingresos por intereses, a quienes lo hacen a través de un fondo de inversión, quiero ejemplificar, existen un sinumero de adultos mayores que a lo largo de su vida lograron un ahorro y contar con recursos para abrir un cuenta ante alguna institución bancaria, a partir de enero de 2019 este bien patrimonial se ve afectado, ya que a ellos la retención de ISR sobre los rendimientos que le otorgan sus cuentas bancarias se incremento 126 por ciento, sin duda un golpe a su economía. Para ser claros, muchas personas que buscan el instalar su poco o mucho dinero en una institución bancaria que le de mejores rendimientos, ahora se ven afectados por la retención de más del doble que le retenían en 2018.

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