/ domingo 20 de mayo de 2018

Presentan 8 mil amparos contra la Ley de Seguridad Interior

Será en diciembre cuando pueda resolverse la constitucionalidad de la ley; ONG presionan a la SCJN para echarla abajo por considerarla violatoria de los derechos humanos

A cinco meses de que la Ley de Seguridad Interior (LSI) fue promulgada, en los juzgados existen poco menos de ocho mil amparos en tribunales varios estados de la República, de los cuales solo se han resuelto 16 a favor de organizaciones de la sociedad civil y los demás deberán esperar a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decida sobre su constitucionalidad, lo cual podría tardar más de un año, tiempo en el cual podrían sumarse más amparos.

Diversos colectivos y organizaciones de derechos humanos, comienzan a presionar al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, -encargado de elaborar los proyectos de sentencia de la LSI- indicando que dotar a las Fuerzas Armadas de un marco legal para intervenir en protestas sociales o movilizaciones, trasgrede los derechos humanos.

Aprobada el 17 de diciembre de 2017 y promulgada una semana después, -la ley se detuvo hasta que la Corte decida si es o no constitucional- el ministro Pardo admitió a trámite acciones de inconstitucionalidad promovidas por diputados, senadores, la CNDH y el INAI, así como diez controversias constitucionales promovidas por municipios de Puebla, Coahuila, Yucatán y el Estado de México, en las que se demanda invalidar diferentes disposiciones de la Ley de Seguridad Interior. También se presentó un recurso denominado amicus curiae (amigos de la Corte)

En enero pasado, se cerró el plazo para presentar las controversias constitucionales, por lo que el ministro emplazó a las partes demandadas para que dentro de un término de treinta días contesten lo que a su derecho convenga.

“Enseguida viene el periodo de ofrecimiento de pruebas, tras el cual el ministro instructor deberá elaborar la sentencia, sin que exista un plazo para ello, por lo que todo el procedimiento puede tardar incluso más de un año”, señalan funcionarios del Poder Judicial de la Federación.

Ante el cúmulo de amparos, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) ordenó concentrar todos los amparos contra dicha ley en el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Administrativa a la espera de que la Corte resuelva.

Aunque para la Corte no hay un plazo fatal, existe la posibilidad de que la discusión pueda ser subida al pleno a finales de año, fecha en que el ministro presidente, Luis María Aguilar Morales, terminará su periodo al frente de la SCJN, y el término de la gestión de dos ministros más; José Ramón Cossío y Margarita Luna Ramos.

JUECES OTORGAN AMPAROS

Solo dos jueces han otorgado amparos contra la Ley de Seguridad Interior al determinar que es inconstitucional y algunos de sus artículos violan los derechos humanos.

Se trata de los jueces Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Fernando Silva García, -hijo de Juan Silva Meza exministro de la corte- y Noveno de Distrito en Guanajuato, Karla María Macías Lovera, al admitir 16 juicios de amparo.

En su resolución el juez Silva otorgó 13 amparos reconociendo que la actuación de los militares en las tareas de seguridad pública “puede provocar actos de imposible reparación en perjuicio de los integrantes de la sociedad”.

Silva ha tenido casos relevantes que lo han puesto en el ojo del huracán, como la suspensión definitiva que concedió para el cese total de las obras de la Línea 7 del Metrobús, y otorgó varios amparos a capitalinos que impugnaron cinco artículos del Reglamento de Tránsito, relacionados con las fotomultas.

De igual forma, coincidió con otros jueces, quienes calificaron de inconstitucional la Ley de Movilidad, aprobada en julio de 2014.

Por su parte, la juez Macías Lovera otorgó tres amparos que una organización de periodistas y personas defensoras de Derechos Humanos promovieron, pero que hace extensivo a la población en general, contra dicha ley por violar los derechos humanos.

Por su parte, el Congreso Nacional Ciudadano (Conaci) señala que ha presentado ocho mil amparos en diversos estados de la República contra la Ley de Seguridad.

Gilberto Lozano González, fundador y dirigente del Conaci, explicó que, luego de que la mencionada Ley fuera promulgada el pasado 21 de diciembre los integrantes del Congreso emprendieron una campaña para que la población manifieste su inconformidad por la vía legal, mediante la tramitación de recursos ante la justicia federal.

No obstante, el Consejo de la Judicatura Federal señala que solo se han presentado 650 demandas de amparo contra esta ley, las cuales están detenidas a la espera de que la Corte resuelva primera las acciones de inconstitucionalidad y controversias que ha recibido.

En este sentido, el Colectivo #SeguridadSinGuerra, sostiene que a casi 5 meses de la apresurada y cuestionada aprobación de la Ley de Seguridad Interior, “ha comenzado la defensa judicial de la Constitución frente a una ley que la violenta y amenaza los derechos humanos de las personas en México”

Solicitaron a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, defiendan el orden constitucional y declaren la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior en todos sus preceptos, al momento de resolver los recursos que han admitido.


A cinco meses de que la Ley de Seguridad Interior (LSI) fue promulgada, en los juzgados existen poco menos de ocho mil amparos en tribunales varios estados de la República, de los cuales solo se han resuelto 16 a favor de organizaciones de la sociedad civil y los demás deberán esperar a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decida sobre su constitucionalidad, lo cual podría tardar más de un año, tiempo en el cual podrían sumarse más amparos.

Diversos colectivos y organizaciones de derechos humanos, comienzan a presionar al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, -encargado de elaborar los proyectos de sentencia de la LSI- indicando que dotar a las Fuerzas Armadas de un marco legal para intervenir en protestas sociales o movilizaciones, trasgrede los derechos humanos.

Aprobada el 17 de diciembre de 2017 y promulgada una semana después, -la ley se detuvo hasta que la Corte decida si es o no constitucional- el ministro Pardo admitió a trámite acciones de inconstitucionalidad promovidas por diputados, senadores, la CNDH y el INAI, así como diez controversias constitucionales promovidas por municipios de Puebla, Coahuila, Yucatán y el Estado de México, en las que se demanda invalidar diferentes disposiciones de la Ley de Seguridad Interior. También se presentó un recurso denominado amicus curiae (amigos de la Corte)

En enero pasado, se cerró el plazo para presentar las controversias constitucionales, por lo que el ministro emplazó a las partes demandadas para que dentro de un término de treinta días contesten lo que a su derecho convenga.

“Enseguida viene el periodo de ofrecimiento de pruebas, tras el cual el ministro instructor deberá elaborar la sentencia, sin que exista un plazo para ello, por lo que todo el procedimiento puede tardar incluso más de un año”, señalan funcionarios del Poder Judicial de la Federación.

Ante el cúmulo de amparos, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) ordenó concentrar todos los amparos contra dicha ley en el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Administrativa a la espera de que la Corte resuelva.

Aunque para la Corte no hay un plazo fatal, existe la posibilidad de que la discusión pueda ser subida al pleno a finales de año, fecha en que el ministro presidente, Luis María Aguilar Morales, terminará su periodo al frente de la SCJN, y el término de la gestión de dos ministros más; José Ramón Cossío y Margarita Luna Ramos.

JUECES OTORGAN AMPAROS

Solo dos jueces han otorgado amparos contra la Ley de Seguridad Interior al determinar que es inconstitucional y algunos de sus artículos violan los derechos humanos.

Se trata de los jueces Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Fernando Silva García, -hijo de Juan Silva Meza exministro de la corte- y Noveno de Distrito en Guanajuato, Karla María Macías Lovera, al admitir 16 juicios de amparo.

En su resolución el juez Silva otorgó 13 amparos reconociendo que la actuación de los militares en las tareas de seguridad pública “puede provocar actos de imposible reparación en perjuicio de los integrantes de la sociedad”.

Silva ha tenido casos relevantes que lo han puesto en el ojo del huracán, como la suspensión definitiva que concedió para el cese total de las obras de la Línea 7 del Metrobús, y otorgó varios amparos a capitalinos que impugnaron cinco artículos del Reglamento de Tránsito, relacionados con las fotomultas.

De igual forma, coincidió con otros jueces, quienes calificaron de inconstitucional la Ley de Movilidad, aprobada en julio de 2014.

Por su parte, la juez Macías Lovera otorgó tres amparos que una organización de periodistas y personas defensoras de Derechos Humanos promovieron, pero que hace extensivo a la población en general, contra dicha ley por violar los derechos humanos.

Por su parte, el Congreso Nacional Ciudadano (Conaci) señala que ha presentado ocho mil amparos en diversos estados de la República contra la Ley de Seguridad.

Gilberto Lozano González, fundador y dirigente del Conaci, explicó que, luego de que la mencionada Ley fuera promulgada el pasado 21 de diciembre los integrantes del Congreso emprendieron una campaña para que la población manifieste su inconformidad por la vía legal, mediante la tramitación de recursos ante la justicia federal.

No obstante, el Consejo de la Judicatura Federal señala que solo se han presentado 650 demandas de amparo contra esta ley, las cuales están detenidas a la espera de que la Corte resuelva primera las acciones de inconstitucionalidad y controversias que ha recibido.

En este sentido, el Colectivo #SeguridadSinGuerra, sostiene que a casi 5 meses de la apresurada y cuestionada aprobación de la Ley de Seguridad Interior, “ha comenzado la defensa judicial de la Constitución frente a una ley que la violenta y amenaza los derechos humanos de las personas en México”

Solicitaron a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, defiendan el orden constitucional y declaren la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior en todos sus preceptos, al momento de resolver los recursos que han admitido.


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