/ miércoles 24 de junio de 2020

TEPJF ordena al INE ampliar plazo para quejas de aspirantes a partidos

En sesión pública no presencial, se consideró, los plazos otorgados en beneficio de las partes no pueden ser reducidos o limitados por la autoridad

Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar los plazos para quejas de organizaciones que buscan constituirse como partido político.

En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, se determinó la modificación a dicho acuerdo porque, se consideró, los plazos otorgados en beneficio de las partes no pueden ser reducidos o limitados por la autoridad.

Por ello, se ordenó que el Consejo General del INE debe observar los plazos que rigen en el procedimiento ordinario sancionador en las etapas relativas a la prevención, desahogo del emplazamiento, expresión de alegatos y desahogo de la vista sobre una prueba superveniente

Los magistrados señalaron que los únicos plazos procesales que la autoridad puede alterar o modificar son aquellos que corresponden a sus propias actuaciones y diligencias.

Varias organizaciones, como Encuentro Solidario (OES); Frente por la Cuarta Transformación (FCT); Gubernatura Indígena Nacional (GIN) y Libertad y Responsabilidad Democrática (LRD), impugnaron distintas partes del acuerdo señalado, emitido por el INE.

La Sala Superior solo otorgó la razón a OES y a LRD en los tiempos para interponer quejas; las organizaciones argumentaron que el Consejo General del INE aprobó la creación de un procedimiento sumario para el conocimiento y sanción de infracciones relacionadas con la constitución de partidos políticos nacionales, sin pasar por todas las etapas que exige el procedimiento ordinario sancionador, lo que limita el derecho de audiencia.

Se concluyó que la autoridad responsable debe observar los plazos que rigen en el procedimiento ordinario sancionador respecto a los derechos de las partes relativas a la prevención del quejoso, y que los plazos otorgados en beneficio de las partes no pueden ser reducidos o limitados por la autoridad.

El TEPJF, consideró este asunto como urgente debido a que está previsto para el mes de septiembre el inicio del proceso electoral del próximo año.

Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar los plazos para quejas de organizaciones que buscan constituirse como partido político.

En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, se determinó la modificación a dicho acuerdo porque, se consideró, los plazos otorgados en beneficio de las partes no pueden ser reducidos o limitados por la autoridad.

Por ello, se ordenó que el Consejo General del INE debe observar los plazos que rigen en el procedimiento ordinario sancionador en las etapas relativas a la prevención, desahogo del emplazamiento, expresión de alegatos y desahogo de la vista sobre una prueba superveniente

Los magistrados señalaron que los únicos plazos procesales que la autoridad puede alterar o modificar son aquellos que corresponden a sus propias actuaciones y diligencias.

Varias organizaciones, como Encuentro Solidario (OES); Frente por la Cuarta Transformación (FCT); Gubernatura Indígena Nacional (GIN) y Libertad y Responsabilidad Democrática (LRD), impugnaron distintas partes del acuerdo señalado, emitido por el INE.

La Sala Superior solo otorgó la razón a OES y a LRD en los tiempos para interponer quejas; las organizaciones argumentaron que el Consejo General del INE aprobó la creación de un procedimiento sumario para el conocimiento y sanción de infracciones relacionadas con la constitución de partidos políticos nacionales, sin pasar por todas las etapas que exige el procedimiento ordinario sancionador, lo que limita el derecho de audiencia.

Se concluyó que la autoridad responsable debe observar los plazos que rigen en el procedimiento ordinario sancionador respecto a los derechos de las partes relativas a la prevención del quejoso, y que los plazos otorgados en beneficio de las partes no pueden ser reducidos o limitados por la autoridad.

El TEPJF, consideró este asunto como urgente debido a que está previsto para el mes de septiembre el inicio del proceso electoral del próximo año.

Policiaca

Pachuca: Cámaras captan robo de cable, dos detenidos

Dos hombres fueron detenidos en calles de la colonia Maestranza

Elecciones 2024

Diputado propone compra de helicóptero para PC HIdalgo

Sin conocer el monto de la adquisición, recomendó al Estado incluirlo en el presupuesto 2025 

Local

Lista de delegados extorsionados, salió en presidencia municipal de Chilcuautla

El alcalde Valente Martínez, lo informó en reunión con delegados de esta demarcación

Elecciones 2024

Manelich arranca campaña por Pachuca 

Entre sus propuestas es atender la salud mental, la construcción de clínicas y un hospital veterinario 

Elecciones 2024

Actopan se queda sin alcaldesa

La regidora dejó de realizar actos de gobierno y hasta la siguiente toma de protesta habrá titular del ayuntamiento 

Local

Visita SEP Federal escuelas de Hidalgo 

Destacó la importancia de contar con infraestructura de calidad y equipamiento en favor de los estudiantes