/ jueves 12 de noviembre de 2020

Sindicatos tendrán que acreditar representatividad

Dicho documento lo expedirá el Centro de Conciliación y Registros Laborales

Con la entrada en vigor del nuevo sistema laboral, las cuestiones registrales, como las de sindicatos, sufren una transformación, porque ahora para poder registrar un contrato colectivo de trabajo, emplazar a huelga o demandar la titularidad de un contrato, se tendrá que obtener del Centro de Conciliación y Registros Laborales, una Constancia de Representatividad.

Así lo explicó la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPSH), María de los Ángeles Eguiluz Tapia, luego de informar que en la entidad existe un registro de 306 sindicatos y el más antiguo data de 1929.

Agregó que uno de los cambios importantes, es que de entrada la Junta de Conciliación y Arbitraje dejará de ser el primero en conocer temas relacionados con sindicatos, ello a partir del 17 de noviembre, ya que previamente deberán tramitar su Constancia de Representatividad a ante el nuevo órgano federal.

Recordó que actualmente, el trámite es ante la Junta de Conciliación “si un sindicato quiere emplazar a huelga primero emplaza, demanda la huelga porque quieren un contrato colectivo de trabajo, él dice que tiene los trabajadores, primero estalla la huelga, nos sentamos a platicar y después averiguamos si tiene o no trabajadores; con la reforma, primero se va a investigar si efectivamente dicho sindicato tiene trabajadores, y esa constancia de representatividad la va a entregar el Centro Federal de Conciliación y Registros Laborales”.

Eguiluz Tapia precisó que para obtener la Constancia de Representatividad, los sindicatos deberán acreditar que tienen en sus filas a por lo menos el 30 por ciento de los trabajadores que laboran en una empresa.

“Primero se va a investigar si sí los tiene, y entonces se les da la Constancia de Representatividad, y ya contando con ella pueden hacer el emplazamiento y estallar la huelga”, expuso.

Recordó que para que un sindicato se pueda constituir, la ley establece que la STPS debe expedir los registros, por lo menos deben tener 20 trabajadores, estatuto, y lista de trabajadores y con el nuevo sistema, la Constancia de Representatividad. Cuando cubran los requisitos se les expedirá la toma de nota.

Con la entrada en vigor del nuevo sistema laboral, las cuestiones registrales, como las de sindicatos, sufren una transformación, porque ahora para poder registrar un contrato colectivo de trabajo, emplazar a huelga o demandar la titularidad de un contrato, se tendrá que obtener del Centro de Conciliación y Registros Laborales, una Constancia de Representatividad.

Así lo explicó la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPSH), María de los Ángeles Eguiluz Tapia, luego de informar que en la entidad existe un registro de 306 sindicatos y el más antiguo data de 1929.

Agregó que uno de los cambios importantes, es que de entrada la Junta de Conciliación y Arbitraje dejará de ser el primero en conocer temas relacionados con sindicatos, ello a partir del 17 de noviembre, ya que previamente deberán tramitar su Constancia de Representatividad a ante el nuevo órgano federal.

Recordó que actualmente, el trámite es ante la Junta de Conciliación “si un sindicato quiere emplazar a huelga primero emplaza, demanda la huelga porque quieren un contrato colectivo de trabajo, él dice que tiene los trabajadores, primero estalla la huelga, nos sentamos a platicar y después averiguamos si tiene o no trabajadores; con la reforma, primero se va a investigar si efectivamente dicho sindicato tiene trabajadores, y esa constancia de representatividad la va a entregar el Centro Federal de Conciliación y Registros Laborales”.

Eguiluz Tapia precisó que para obtener la Constancia de Representatividad, los sindicatos deberán acreditar que tienen en sus filas a por lo menos el 30 por ciento de los trabajadores que laboran en una empresa.

“Primero se va a investigar si sí los tiene, y entonces se les da la Constancia de Representatividad, y ya contando con ella pueden hacer el emplazamiento y estallar la huelga”, expuso.

Recordó que para que un sindicato se pueda constituir, la ley establece que la STPS debe expedir los registros, por lo menos deben tener 20 trabajadores, estatuto, y lista de trabajadores y con el nuevo sistema, la Constancia de Representatividad. Cuando cubran los requisitos se les expedirá la toma de nota.

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