/ jueves 17 de septiembre de 2020

Revoca TEEH candidatura de Baptista

No solicitó licencia al cargo de diputado en tiempo y forma

Por considerar que no cumplió con lo establecido en el Código Electoral de separarse del cargo de diputado local por lo menos 90 días antes del día de la elección, los magistrados María Luisa Oviedo Quezada y Manuel Alberto Cruz Martínez, retiraron la candidatura a Ricardo Baptista González por el municipio de Tula.

En sesión nocturna, la magistrada ponente, Mónica Mixtega presentó un resolutivo en el que no se le retiraba la candidatura, porque en su interpretación, el diputado sí cumplió con lo señalado en el Código Electoral, pero los otros dos magistrados rechazaron su propuesta.

En la explicación ofrecida se dijo que Ricardo Baptista no cumplió con los 90 días, toda vez que solicitó licencia a partir del 6 de marzo y el 1 de abril se suspendió el proceso electoral, por lo que habían transcurrido 26 días.

Tras la reanudación del proceso electoral, el legislador ingresó una segunda licencia el día 19 de agosto, por lo que al 17 de octubre se contabilizan 60 días, en suma, sólo transcurrieron 86 días separado del cargo, lo que lo hace inelegible, de acuerdo con la legislación local.

El asunto derivó de la impugnación presentada por Victorino Apodaca García, el cual en un principio fue desechado, pero por orden de la Sala Regional fue desahogado.

Por considerar que no cumplió con lo establecido en el Código Electoral de separarse del cargo de diputado local por lo menos 90 días antes del día de la elección, los magistrados María Luisa Oviedo Quezada y Manuel Alberto Cruz Martínez, retiraron la candidatura a Ricardo Baptista González por el municipio de Tula.

En sesión nocturna, la magistrada ponente, Mónica Mixtega presentó un resolutivo en el que no se le retiraba la candidatura, porque en su interpretación, el diputado sí cumplió con lo señalado en el Código Electoral, pero los otros dos magistrados rechazaron su propuesta.

En la explicación ofrecida se dijo que Ricardo Baptista no cumplió con los 90 días, toda vez que solicitó licencia a partir del 6 de marzo y el 1 de abril se suspendió el proceso electoral, por lo que habían transcurrido 26 días.

Tras la reanudación del proceso electoral, el legislador ingresó una segunda licencia el día 19 de agosto, por lo que al 17 de octubre se contabilizan 60 días, en suma, sólo transcurrieron 86 días separado del cargo, lo que lo hace inelegible, de acuerdo con la legislación local.

El asunto derivó de la impugnación presentada por Victorino Apodaca García, el cual en un principio fue desechado, pero por orden de la Sala Regional fue desahogado.

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