El Tribunal Electoral de Hidalgo consideró inoperantes e infundados los argumentos de siete partidos políticos con registro nacional, por lo que desechó el recurso de apelación en contra del Acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), que determinó la asignación de prerrogativas para sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, a razón del 25 por ciento del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
En la sesión de ayer, con la ponencia del magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez, se confirmó el acto impugnado, el acuerdo IEEH-CG-001-2019, propuesto por la Comisión Permanente de Prerrogativas y Partidos Políticos para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes y específicas del ejercicio 2019, y aprobado el 17 de enero.
Es decir que el financiamiento público para los partidos asciende a 43 millones 228 mil 318.90 pesos, a razón del 25 por ciento del valor de la UMA ($25.15), bolsa que se distribuirá de enero a diciembre, 30 por ciento de forma igualitaria ($12,968,495.67) y 70% según porcentaje de votación ($30,259,823.23).
En tanto que para el desarrollo de actividades ordinarias de los partidos políticos con registro local, se precisó, se midió a razón del 65% del valor de la Unidad de Medida de Actualización (UMA), calculado de acuerdo a las bases previstas en el Código Electoral de Hidalgo.
El ponente informó a su vez, que en el estudio de los agravios presentados por los partidos PRD, PAN, PVEM, PT, MC y Morena, se determinó que la resolución del IEEH no afecta el principio de equidad.
Finalmente la presidente de la Sala del Tribunal Electoral, magistrada María Luisa Oviedo Quezada, puntualizó que la Ley General de Partidos Políticos sienta las bases de la asignación de sus prerrogativas; y que en el artículo 30 del Código Electoral local, se establece lo referente al 25% del valor de la UMA a los partidos con registro nacional y 65% a los de registro local.