/ sábado 11 de julio de 2020

Importante, recuperar activos producto de la corrupción

La capacitadora en materia Administrativa y Penal del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), Lizbeth Xóchilt Padilla Sanabria, consideró que falta un elemento importante en el sistema para efecto de detectar los activos de los servidores públicos deshonetos, además que dichos ilícitos deberían ser considerados como delincuencia organizada.

En conferencia virtual, denominada “Extinción de Dominio y responsabilidades administrativas de los servidores públicos”, por invitación de la Procuraduría de Justicia de Hidalgo, la especialista aseguró que combatir la corrupción no se trata sólo de sancionar al servidor público, sino también requiere la recuperación de activos.

“Cuando cometes un acto de corrupción obtienes capitales ilícitos, entonces, se puede proceder bajo el tipo penal de operaciones con recursos de procedencia ilícita establecido en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal”, explicó.

Aunado a ello, criticó que el Sistema Nacional Anticorrupción no contemple la participación de los tribunales de enjuiciamiento, así como de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP, ya que cuando los servidores públicos realizan acciones u operaciones sin notificar, están defraudando al fisco.

También, dijo que es necesario perseguir los delitos de corrupción como de delincuencia organizada, “la corrupción se debe perseguir a través de redes, es evidente que la mayoría de los actos cometidos por hechos de corrupción se hacen a través de redes, es decir, puede estar inmiscuido el titular y los subordinados”, por tanto, en su opinión se deben procesar como delincuencia organizada.

Aclaró que si bien no todos los delitos cometidos por servidores públicos deben ser considerados como delincuencia organizada, “sí aquellos que tienen resultado económico, por ejemplo, el ejercicio abusivo de funciones, el enriquecimiento ilícito, cohecho, peculado, tráfico de influencias, siempre y cuando se comenta con tres o más sujetos o se organicen para cometerlo”.

La capacitadora en materia Administrativa y Penal del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), Lizbeth Xóchilt Padilla Sanabria, consideró que falta un elemento importante en el sistema para efecto de detectar los activos de los servidores públicos deshonetos, además que dichos ilícitos deberían ser considerados como delincuencia organizada.

En conferencia virtual, denominada “Extinción de Dominio y responsabilidades administrativas de los servidores públicos”, por invitación de la Procuraduría de Justicia de Hidalgo, la especialista aseguró que combatir la corrupción no se trata sólo de sancionar al servidor público, sino también requiere la recuperación de activos.

“Cuando cometes un acto de corrupción obtienes capitales ilícitos, entonces, se puede proceder bajo el tipo penal de operaciones con recursos de procedencia ilícita establecido en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal”, explicó.

Aunado a ello, criticó que el Sistema Nacional Anticorrupción no contemple la participación de los tribunales de enjuiciamiento, así como de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP, ya que cuando los servidores públicos realizan acciones u operaciones sin notificar, están defraudando al fisco.

También, dijo que es necesario perseguir los delitos de corrupción como de delincuencia organizada, “la corrupción se debe perseguir a través de redes, es evidente que la mayoría de los actos cometidos por hechos de corrupción se hacen a través de redes, es decir, puede estar inmiscuido el titular y los subordinados”, por tanto, en su opinión se deben procesar como delincuencia organizada.

Aclaró que si bien no todos los delitos cometidos por servidores públicos deben ser considerados como delincuencia organizada, “sí aquellos que tienen resultado económico, por ejemplo, el ejercicio abusivo de funciones, el enriquecimiento ilícito, cohecho, peculado, tráfico de influencias, siempre y cuando se comenta con tres o más sujetos o se organicen para cometerlo”.

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