/ viernes 24 de mayo de 2019

Ignora alcalde ordenamientos para el Cabildo

El presidente municipal Benito Olvera realiza las sesiones cuando lo cree conveniente; además, no llega a tiempo a las asambleas

El Ayuntamiento de Acatlán ignora los lineamientos de operatividad dentro del Cabildo; de hecho, el alcalde Benito Olvera, quien debe convocar a las asambleas, es impuntual en las sesiones, aunado a que regidores desconocen, por ejemplo, el orden del día y la sesión inicia hasta que el mandatario se desocupa.

Esta semana estaba convocada una asamblea para las 13 horas, sin embargo, el presidente municipal avisó que haría unas diligencias y darían inicio en cuanto se desocupara.

Además de que el orden del día, en este municipio, lo tratan con sigilo, ya que los mismos asambleístas lo conocen hasta que llegan a sesionar y medios de comunicación no tienen acceso a esa información, ya que argumentan no saberla, incluso en el área de Comunicación Social.

Los integrantes de la Asamblea deben ser enterados mediante hoja con membrete, rubricada por el alcalde, precisar si se trata de sesión pública o extraordinaria y el orden del día por puntos.

En el artículo 49 Bis de la Ley Orgánica Municipal precisa: “Quienes integran los ayuntamientos tienen la obligación de asistir con toda puntualidad a las sesiones que celebre el Ayuntamiento".

El Ayuntamiento de Acatlán ignora los lineamientos de operatividad dentro del Cabildo; de hecho, el alcalde Benito Olvera, quien debe convocar a las asambleas, es impuntual en las sesiones, aunado a que regidores desconocen, por ejemplo, el orden del día y la sesión inicia hasta que el mandatario se desocupa.

Esta semana estaba convocada una asamblea para las 13 horas, sin embargo, el presidente municipal avisó que haría unas diligencias y darían inicio en cuanto se desocupara.

Además de que el orden del día, en este municipio, lo tratan con sigilo, ya que los mismos asambleístas lo conocen hasta que llegan a sesionar y medios de comunicación no tienen acceso a esa información, ya que argumentan no saberla, incluso en el área de Comunicación Social.

Los integrantes de la Asamblea deben ser enterados mediante hoja con membrete, rubricada por el alcalde, precisar si se trata de sesión pública o extraordinaria y el orden del día por puntos.

En el artículo 49 Bis de la Ley Orgánica Municipal precisa: “Quienes integran los ayuntamientos tienen la obligación de asistir con toda puntualidad a las sesiones que celebre el Ayuntamiento".

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