/ lunes 16 de agosto de 2021

Fortalecen el marco normativo en materia laboral

La 54 Legislatura de la Cámara de Diputados aprobó el otorgamiento de licencia a trabajadores con hijos menores de 16 años diagnosticados con cáncer, la prohibición de contratar para el trabajo en el hogar a menores de 15 años de edad y el traslado de pensiones a familiares de personas desaparecidas.

Con respecto a la Licencia para madres y padres trabajadores con hijos con cáncer, el 26 de abril de 2019, se avalaron cambios a las leyes del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y Federal del Trabajo, para que las madres o padres trabajadores asegurados, cuyos hijos de hasta 16 años hayan sido diagnosticados por el IMSS o el ISSSTE con cáncer de cualquier tipo, gocen de una licencia por cuidados médicos de los hijos para ausentarse de sus labores en caso de que el niño, o adolescente requiera de descanso médico en los periodos críticos del tratamiento o de hospitalización durante éste.

Por lo que refiere a las Personas Trabajadoras del Hogar, el 2 de julio de 2019 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las reformas aprobadas el 30 de abril de ese año, a las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social, con las cuales se cambió la denominación del Capítulo 13 por el de "Personas Trabajadoras del Hogar", y se prohibió la contratación para el trabajo en el hogar de adolescentes menores de 15 años de edad.

La 54 Legislatura de la Cámara de Diputados aprobó el otorgamiento de licencia a trabajadores con hijos menores de 16 años diagnosticados con cáncer, la prohibición de contratar para el trabajo en el hogar a menores de 15 años de edad y el traslado de pensiones a familiares de personas desaparecidas.

Con respecto a la Licencia para madres y padres trabajadores con hijos con cáncer, el 26 de abril de 2019, se avalaron cambios a las leyes del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y Federal del Trabajo, para que las madres o padres trabajadores asegurados, cuyos hijos de hasta 16 años hayan sido diagnosticados por el IMSS o el ISSSTE con cáncer de cualquier tipo, gocen de una licencia por cuidados médicos de los hijos para ausentarse de sus labores en caso de que el niño, o adolescente requiera de descanso médico en los periodos críticos del tratamiento o de hospitalización durante éste.

Por lo que refiere a las Personas Trabajadoras del Hogar, el 2 de julio de 2019 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las reformas aprobadas el 30 de abril de ese año, a las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social, con las cuales se cambió la denominación del Capítulo 13 por el de "Personas Trabajadoras del Hogar", y se prohibió la contratación para el trabajo en el hogar de adolescentes menores de 15 años de edad.

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