Falla Sosa en su quinto intento de amparo

Juez federal lo sobresee

VERÓNICA ANGELES

  · martes 9 de julio de 2019

Gerardo Sosa ha insistido en la protección de la justicia federal, pero hasta el momento se le ha negado. / FOTO: Eduardo de la Vega.

Gerardo Sosa Castelán, presidente del Patronato de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), interpuso su quinto amparo relacionado con el bloqueo de cuentas bancarias que realizó la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Sin embargo, el juez segundo de distrito sobreseyó el asunto, debido a que Gerardo Sosa Castelán debe esperar al dictado de la resolución que emita la UIF en el Procedimiento Administrativo de Garantía de audiencia, antes de solicitar un juicio de amparo, ya que la resolución puede modificar, revocar o nulificar el auto de que se duele consistente en la orden de bloquear el dinero existente en las cuentas bancarias, así como su ejecución.

De ahí que el juez segundo de distrito, Óscar Gregorio Herrera Perea, argumenta en su decisión que el artículo 61 de la Ley de Amparo establece “El juicio de amparo es improcedente: …XIX. Cuando se esté tramitando ante los tribunales ordinarios algún recurso o medio de defensa legal propuesto por el quejoso que pueda tener por efecto modificar, revocar o nulificar el acto reclamado”. Por ende, el juicio de amparo es improcedente.

Cabe señalar que el quejoso se dolía de la orden verbal y/o escrita a fin de llevar a cabo el bloqueo, aseguramiento o congelamiento del numerario existente en tres cuentas bancarias, actos que se atribuyen a la Unidad de Inteligencia Financiera dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y la dirección General de Atención a Autoridades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, como ejecutora.

El quinto intento de amparo del presidente del Patronato Universitario quedó registrado bajo el número 786/2019, mismo que se suma al 500/2019, 215/2019, 231/2019 y 493/2019, todos relacionados con el bloqueo de cuentas, algunos de ellos en busca de alguna posible orden de aprehensión, detención o diversa por parte de la Fiscalía General de la República, y otros para desactivar el bloqueo.

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