A disposición de la PGJEH y del Congreso síndico de Tepeapulco

El Tribunal Electoral también resolvió que regidores y síndicos sí podrían postularse, en próxima elección, pero por cargo distinto al que desempeñen

JORGE LUIS PÉREZ

  · jueves 1 de agosto de 2019

Los tres magistrados del Tribunal Electoral de Hidalgo intervinieron en la sesión de ayer /JORGE LUIS PÉREZ

Al entrar el síndico jurídico del Ayuntamiento de Tepeapulco, Iván Islas Quiroz, en rebeldía e incumplimiento de una sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), se dio vista a la Procuraduría General de Justicia y al Congreso local para que en el ámbito de sus respectivas atribuciones se pronuncien sobre la responsabilidad política y administrativa en que incurrió.

Explicó el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez, ponente del expediente TEEH-JDC-019/2019, promovido por Víctor Hugo López Badillo y Eduardo Bautista Cruz, regidores del ayuntamiento de Tepeapulco, donde el síndico se negó a proporcionarles copias certificadas de una carpeta de investigación por el delito de robo de un cajero automático dentro de la alcaldía.

Al demostrarse la falta de diligencia y voluntad del síndico de Tepeapulco, en la sesión pública de pleno del TEEH, se detalló que transgredió los derechos político-electorales de sus adversarios políticos, así como que incurrió en la probable comisión de un delito.

En la sesión opinaron las magistradas María Luisa Quesada Oviedo y Mónica Patricia Mixtega Trejo, en cuanto a la sentencia del expediente TEEH-JDC/025/ 2019 y sus acumulados, interpuesto por Neydy Ivone Gómez Baños. Se declaró que los regidores y síndicos sí pueden contender de manera inmediata en un cargo de elección popular por un cargo distinto en el mismo ayuntamiento, en el proceso 2019-2020.

“No es posible considerar como reelección cuando un funcionario pretenda postularse para un cargo diverso, aún y cuando forma parte del mismo órgano, ya que no estarían realizando las mismas funciones”, manifestó Cruz Martínez.

También se juzgó el expediente TEEHRAP/PRD-012/2019 y su acumulado; resolviéndose que Nueva Alianza Hidalgo y Encuentro Social Hidalgo, tienen derecho de contender en el próximo proceso electoral local 2019-2020, bajo la figura decoalición o candidatura común.