/ lunes 18 de enero de 2021

Frenando los ‘continuos’ de la violencia política contra las mujeres

DEMOCRACIA EN RUMBO


El 10 de enero el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo inscribió al primer individuo de esta entidad federativa en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. Esta lista, en línea y pública, existe tras la resolución de la Sala Superior del TEPJF que ordenó su creación. Asentar los nombres de quienes sean sancionados por el delito en mención, es obligatorio para todos los organismos públicos locales electorales, de conformidad con los Lineamientos del INE en la materia.

El Registro contribuye a hacer realidad la exigencia de contar con figuras públicas que no violenten a las mujeres; puesto que, ahora, la legislación impide convertirse en candidatos o candidatas a quienes incurran en acciones u omisiones que constituyan dicho tipo penal. Pero sobre todo, refleja la consciencia y el señalamiento de que la violencia en nuestra contra se manifiesta a lo largo de nuestros esfuerzos por ser parte de la toma de decisiones, afectandonos desproporcionadamente por el simple hecho de ser mujeres; y es infringida por hombres la mayoría de las veces, con motivos misóginos. No es que la violencia política de género hacia las mujeres no llegue a ser ejercida por otras mujeres, sino que, cuando sucede así, el móvil es la reproducción de ese desprecio y sometimiento de la mujer en las relaciones de poder y de género.

Las formas de violencia hacia las mujeres se relacionan en cadena: desde sutiles hasta marcadas agresiones. En 1988 Liz Kelly conceptualizó el ‘continuum’ de la violencia sexual: “una serie continua de elementos o eventos que pasan de uno a otro y no pueden distinguise fácilmente”. Y si bien la noción se enfoca en lo sexual, Karen Boyle la retoma en su planteamiento de los ‘continuums’ en plural; es decir, las ‘conexiones’ entre la naturaleza de las diversas experiencias de violencia de las mujeres, al igual que una “reorientación para centrarse más explícitamente en los comportamientos de los hombres”.

Apliquemos el pensamiento crítico de los ‘continuos’ al ámbito político-electoral. Puntualizando por ejemplo que: Proporcionar información falsa o incompleta a una mujer que aspira u ocupar un cargo de elección popular, está posicionado en los continuos de obstaculización e inequidad para el desarrollo de los liderazgos políticos de las mujeres; en los impedimentos para el ejercicio pleno de su derecho a ser votadas; y en una cultura machista que infravalora su capacidad y las considera no aptas para el ejercicio del poder.

Al dar cuenta de conductas como la mencionada, señalando a sus actores, el Registro hace hincapié en la responsabilidad de los mismos. Pasamos así a una cultura que exige respetar los derechos político-electorales de las mujeres, evidenciando y reprochando las prácticas que por mucho tiempo han perpetuado la inequidad y la violencia.

DEMOCRACIA EN RUMBO


El 10 de enero el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo inscribió al primer individuo de esta entidad federativa en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. Esta lista, en línea y pública, existe tras la resolución de la Sala Superior del TEPJF que ordenó su creación. Asentar los nombres de quienes sean sancionados por el delito en mención, es obligatorio para todos los organismos públicos locales electorales, de conformidad con los Lineamientos del INE en la materia.

El Registro contribuye a hacer realidad la exigencia de contar con figuras públicas que no violenten a las mujeres; puesto que, ahora, la legislación impide convertirse en candidatos o candidatas a quienes incurran en acciones u omisiones que constituyan dicho tipo penal. Pero sobre todo, refleja la consciencia y el señalamiento de que la violencia en nuestra contra se manifiesta a lo largo de nuestros esfuerzos por ser parte de la toma de decisiones, afectandonos desproporcionadamente por el simple hecho de ser mujeres; y es infringida por hombres la mayoría de las veces, con motivos misóginos. No es que la violencia política de género hacia las mujeres no llegue a ser ejercida por otras mujeres, sino que, cuando sucede así, el móvil es la reproducción de ese desprecio y sometimiento de la mujer en las relaciones de poder y de género.

Las formas de violencia hacia las mujeres se relacionan en cadena: desde sutiles hasta marcadas agresiones. En 1988 Liz Kelly conceptualizó el ‘continuum’ de la violencia sexual: “una serie continua de elementos o eventos que pasan de uno a otro y no pueden distinguise fácilmente”. Y si bien la noción se enfoca en lo sexual, Karen Boyle la retoma en su planteamiento de los ‘continuums’ en plural; es decir, las ‘conexiones’ entre la naturaleza de las diversas experiencias de violencia de las mujeres, al igual que una “reorientación para centrarse más explícitamente en los comportamientos de los hombres”.

Apliquemos el pensamiento crítico de los ‘continuos’ al ámbito político-electoral. Puntualizando por ejemplo que: Proporcionar información falsa o incompleta a una mujer que aspira u ocupar un cargo de elección popular, está posicionado en los continuos de obstaculización e inequidad para el desarrollo de los liderazgos políticos de las mujeres; en los impedimentos para el ejercicio pleno de su derecho a ser votadas; y en una cultura machista que infravalora su capacidad y las considera no aptas para el ejercicio del poder.

Al dar cuenta de conductas como la mencionada, señalando a sus actores, el Registro hace hincapié en la responsabilidad de los mismos. Pasamos así a una cultura que exige respetar los derechos político-electorales de las mujeres, evidenciando y reprochando las prácticas que por mucho tiempo han perpetuado la inequidad y la violencia.

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