/ lunes 10 de mayo de 2021

Fiscalización de campañas electorales

Existe una concepción generalizada sobre los resultados de la fiscalización sin embargo esta no se reduce únicamente a las sanciones económicas a quienes compiten en los Procesos Electorales o a la nulidad de elecciones por exceso de gastos de campaña, que actualmente es de un 5% del monto autorizado; el Procedimiento de Fiscalización de Campañas Electorales —de atribución constitucional al Instituto Nacional Electoral— busca garantizar que los recursos económicos gastados en las diversas actividades de campañas políticas de cada candidata y candidato sea transparentado, con ello promover la rendición de cuentas de quienes aspiran a un cargo público.

La fiscalización establece que los gastos se realicen a través del sistema bancario mexicano para asegurar que puedan rastrearse los recursos (públicos y privados) y que no sobrepasen los topes establecidos, además de constatar que su origen provenga de fuentes de financiamiento aprobadas ya que los partidos políticos o candidaturas no podrán recibir dinero de iglesias, organizaciones civiles ni mercantiles, colectas públicas o personas no identificadas bajo ninguna circunstancia.

Aunado a lo anterior, se busca acotar márgenes de desvío de recursos públicos para financiamiento electoral, evitar el ingreso de dinero del crimen organizado a campañas, detectar triangulaciones financieras de entes prohibidos y sobre todo, prevenir cualquier tipo de delitos que impliquen la ejecución de dinero de procedencia ilícita por parte de partidos políticos y sus candidatas o candidatos.

Hoy, para el cumplimiento de este objetivo, la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores colaboran estrechamente con el Instituto Nacional Electoral intercambiando información a fin de realizar una fiscalización mucho más rigurosa de las campañas políticas en la denominada “Elección más grande de la historia política de México”.

Por otro lado, a través de la fiscalización es posible verificar el cumplimiento del derecho que tienen las mujeres postuladas al acceso de financiamiento público para sus campañas electorales. Para garantizar la asignación de este recurso, el INE estableció que los partidos políticos destinen obligatoriamente al menos 40% de su financiamiento público a campañas de sus candidatas, resaltando que, en nuestro estado, la legislación local establece la asignación paritaria de recursos entre candidatas y candidatos, es decir 50-50, acompañado de la obligatoriedad a los partidos políticos de presentar al órgano electoral, los criterios aplicados para dicho cumplimiento. Cabe resaltar que la negación de asignación de estos montos así como de espacios en radio y Tv, son de los principales tipos de violencia que sufren las mujeres candidatas que participan en campañas.

Así mismo, los partidos deben cumplir con destinar menos el 3% del financiamiento público ordinario para capacitación promoción y liderazgo político de las mujeres al interior de los Partidos Políticos; en Hidalgo se estableció al menos el 8%.

Aquellos partidos que incumplan con este mandato serán sancionados, además en el ejercicio fiscal siguiente, no sólo deberán destinar el 3% correspondiente a ese año, sino que se deberá ejercer el porcentaje que no fuera erogado el año anterior.

Finalmente, concluyo esta participación dejando un abrazo fraterno a las madres, deseando que nuestro ejemplo guie y eduque a las nuevas generaciones de buenas ciudadanas y ciudadanos.

Existe una concepción generalizada sobre los resultados de la fiscalización sin embargo esta no se reduce únicamente a las sanciones económicas a quienes compiten en los Procesos Electorales o a la nulidad de elecciones por exceso de gastos de campaña, que actualmente es de un 5% del monto autorizado; el Procedimiento de Fiscalización de Campañas Electorales —de atribución constitucional al Instituto Nacional Electoral— busca garantizar que los recursos económicos gastados en las diversas actividades de campañas políticas de cada candidata y candidato sea transparentado, con ello promover la rendición de cuentas de quienes aspiran a un cargo público.

La fiscalización establece que los gastos se realicen a través del sistema bancario mexicano para asegurar que puedan rastrearse los recursos (públicos y privados) y que no sobrepasen los topes establecidos, además de constatar que su origen provenga de fuentes de financiamiento aprobadas ya que los partidos políticos o candidaturas no podrán recibir dinero de iglesias, organizaciones civiles ni mercantiles, colectas públicas o personas no identificadas bajo ninguna circunstancia.

Aunado a lo anterior, se busca acotar márgenes de desvío de recursos públicos para financiamiento electoral, evitar el ingreso de dinero del crimen organizado a campañas, detectar triangulaciones financieras de entes prohibidos y sobre todo, prevenir cualquier tipo de delitos que impliquen la ejecución de dinero de procedencia ilícita por parte de partidos políticos y sus candidatas o candidatos.

Hoy, para el cumplimiento de este objetivo, la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores colaboran estrechamente con el Instituto Nacional Electoral intercambiando información a fin de realizar una fiscalización mucho más rigurosa de las campañas políticas en la denominada “Elección más grande de la historia política de México”.

Por otro lado, a través de la fiscalización es posible verificar el cumplimiento del derecho que tienen las mujeres postuladas al acceso de financiamiento público para sus campañas electorales. Para garantizar la asignación de este recurso, el INE estableció que los partidos políticos destinen obligatoriamente al menos 40% de su financiamiento público a campañas de sus candidatas, resaltando que, en nuestro estado, la legislación local establece la asignación paritaria de recursos entre candidatas y candidatos, es decir 50-50, acompañado de la obligatoriedad a los partidos políticos de presentar al órgano electoral, los criterios aplicados para dicho cumplimiento. Cabe resaltar que la negación de asignación de estos montos así como de espacios en radio y Tv, son de los principales tipos de violencia que sufren las mujeres candidatas que participan en campañas.

Así mismo, los partidos deben cumplir con destinar menos el 3% del financiamiento público ordinario para capacitación promoción y liderazgo político de las mujeres al interior de los Partidos Políticos; en Hidalgo se estableció al menos el 8%.

Aquellos partidos que incumplan con este mandato serán sancionados, además en el ejercicio fiscal siguiente, no sólo deberán destinar el 3% correspondiente a ese año, sino que se deberá ejercer el porcentaje que no fuera erogado el año anterior.

Finalmente, concluyo esta participación dejando un abrazo fraterno a las madres, deseando que nuestro ejemplo guie y eduque a las nuevas generaciones de buenas ciudadanas y ciudadanos.

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